Incidente Nº 1 - IMPUTADO: ZELARAYAN, NICOLAS CARLOS ARIEL s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Incidente de ejecución por cumplimiento de tareas comunitarias impuestas en suspensión del juicio a prueba. La Cámara declaro cumplidas las tareas comunitarias impuestas a Nicolás C. A. Zelarayan y remitió el legajo al juzgado de origen para los pasos que correspondan.
¿Quién es el actor?
Tribunal Oral Federal de Posadas, Secretaría de Ejecución Penal (controlador de la ejecución).
¿A quién se demanda?
Nicolás Carlos Ariel Zelarayan (DNI 38.838.507).
- Objeto de la demanda: verificación y control del cumplimiento de las tareas comunitarias no remuneradas impuestas al imputado en virtud de la suspensión del juicio a prueba (art. 76 bis y 76 ter C.P.).
¿Qué se resolvió?
Se declaró que las tareas comunitarias impuestas a Nicolás Carlos Ariel Zelarayan se encuentran cumplidas y se ordenó remitir el legajo y las actuaciones al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas, Secretaría Penal N° 6, comunicando además la resolución al Registro Nacional de Reincidencias y a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal “Delegación Misiones”.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, se inician las presentes actuaciones con la resolución dictada el 04 de junio del año 2024, por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas, Secretaría Penal n° 6, quien ordenó suspender el proceso seguido a Nicolás Carlos Ariel Zelarayan (art. 76 bis del C.P.), con el compromiso de realizar tareas comunitarias, no remuneradas por el término de dos (2) años, ... a razón de seis (6) horas semanales, debiendo acreditar el cumplimiento de la medida en forma trimestral por medio de su defensor y bajo apercibimiento de continuar el curso de la instrucción en caso de incumplimiento."
"A fs. 20, la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal 'Delegación Misiones', aporta informe final de supervisión de las tareas comunitarias no remuneradas encomendadas, adjuntando planillas de trabajos realizados con un total de 603 horas realizadas."
"A fs. 21, en fecha 29/07/2026 se confirió la correspondiente vista al Ministerio Público Fiscal, quien a fs. 22 opinó que: '...De la compulsa, verificación y cómputo minucioso de las 14 planillas de asistencia obrantes en el legajo de supervisión ... el Sr. ZELARAYAN, NICOLAS CARLOS acredita el cumplimiento efectivo de 201 jornadas laborales de 3 horas de duración cada una, acumulando un total de 603 horas realizadas. En consecuencia, habiéndose impuesto la carga de cumplir 576 horas, se concluye que el causante realizado 27 horas de más, de las Tareas Comunitarias impuesta. Siendo así es que, este Ministerio Público Fiscal entiende que se encuentran cumplidas las tareas comunitarias impuestas al encartado por el Juzgado Federal de Posadas Misiones. Fiscalía, 30 de julio de 2026...'."
"Planteada, así las cosas, es preciso recordar que a esta Judicatura le compete el contralor de las instrucciones e imposiciones establecidas por el órgano que dispuso someter a prueba a Nicolás Carlos Ariel Zelarayan no así, pronunciarse respecto a la extinción de la acción penal. Conforme lo dicho, habiéndose cumplimentado con las tareas comunitarias impuestas, conforme surge de las documentales remitidas por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal 'Delegación Misiones' (DCAEP), corresponde dar por concluido el contralor pertinente, debiendo remitirse el presente incidente al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas, Secretaría Penal N° 6, a los efectos que corresponda."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final.
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