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ARCA c/ DESCH JUAN PABLO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA (ex AFIP) contra Desch Juan Pablo por deuda tributaria. El Juzgado ordenó la remate y la continuación de la ejecución hasta obtener el pago íntegro de $6.133.314,61 más intereses, gastos y costas, y decretó la inhibición general de bienes con oficios a los registros correspondientes.

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¿Quién es el actor?

ARCA (Ex A.F.I.P.), Fisco Nacional, Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

¿A quién se demanda?

DESCH JUAN PABLO.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por capital reclamado de $6.133.314,61, más intereses, gastos y costas; solicitud de remate e inhibición general de bienes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución; se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga del íntegro pago del capital reclamado de $6.133.314,61, sus intereses, gastos y costas. Se decretó la inhibición general de bienes contra el demandado y se libraron oficios para su anotación en los registros pertinentes. Se autorizó al agente fiscal interviniente a diligenciar oficios y se apercibió conforme al art. 41 del CPCCN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -DESCH JUAN PABLO-, íntegro pago del capital reclamado de $ 6133314.61, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "Atento lo requerido por la actora y lo dispuesto por el CPCCN: 228 y 534, decrétese la inhibición general de bienes contra la parte demandada, en los términos solicitados; a cuyo fin líbrense oficios para su anotación al Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia. de Buenos Aires y a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios." "Autorízase al Agente fiscal que interviene en las presentes actuaciones, EVANGELINA MARIA JESSICA SANGIORGI, a firmar y diligenciar los oficios ... así como también, a diligenciar los oficios al último de los organismos nombrados, por vía informática, mediante el Sistema de Oficios Judiciales (SOJ)."
- No existen votos en disidencia; la resolución es dictada por el Juez Federal interviniente.

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