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Legajo Nº 30 - IMPUTADO: TEJEDA, OMAR DEL VALLE s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Omar del Valle Tejeda promovió recurso de casación contra el decreto que restituyó sumas en dólares a terceros y a él. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por no constituir la decisión impugnada una sentencia definitiva ni evidenciar agravio federal de imposible reparación.

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¿Quién es el actor?

Asistencia técnica de Omar del Valle Tejeda (recurrente).

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral Federal N°3 de Córdoba (resolución recurrida) / también implicados Banco Nación y Ministerio Público Fiscal en el expediente.
- Objeto de la demanda: Revisión por casación del decreto del Tribunal Oral Federal N°3 que ordenó la restitución de U$D 22.609 a favor de Carla Verónica Ceballos y Cristian Sebastián Brassiolo y U$D 420 a favor de Omar del Valle Tejeda, por diferencias entre lo secuestrado y los dólares falsos detectados; se alegó arbitrariedad y falta de trazabilidad de los billetes.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la asistencia técnica de Omar del Valle Tejeda; sin costas en la instancia. Se deja constancia de la reserva del caso federal y se remite la causa al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "IV. Reseñados los antecedentes del caso, se aprecia que la decisión que viene recurrida -en cuanto dispuso diferir la devolución del dinero restante hasta tanto se determine a que allanamiento pertenecen los dólares falsos
- no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena." "Las discrepancias valorativas expuestas por la defensa, más allá de revelar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:362 y 314:451, entre muchos otros), en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos: 314:791; 321:1328; 322:1605), o en alguna cuestión federal (Fallos: 328:1108). En definitiva, la defensa se limita a reiterar su propia perspectiva sobre las cuestiones planteadas. Sin embargo, prescinde de desarrollar una crítica de los argumentos brindados por el tribunal de la instancia anterior, dejando entrever una disconformidad que, por inmotivada, no alcanza a evidenciar déficit de fundamentación alguno en la resolución impugnada (art. 463 del C.P.P.N.)." "V. Por lo expuesto, propongo al Acuerdo declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Omar del Valle Tejeda. Sin costas en la instancia (arts. 530 y 531 in fine del CPPN). Tener presente la reserva del caso federal."
- Votos: ambos jueces (Hornos y Borinsky) coincidieron en declarar la inadmisibilidad; no hubo disidencia.

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