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QUINTERO CARRILLO, DANIEL ALEJANDRO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: el peticionario solicitó la concesión de la ciudadanía argentina por cumplimiento de requisitos legales. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 hizo lugar a la petición y declaró ciudadano argentino a Daniel Alejandro Quintero Carrillo, ordenando expedir la carta de ciudadanía y notificando las obligaciones y advertencias legales.

Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Decreto 3213/84 Inscripcion registral Enrolamiento Ley 22435 Tramite administrativo-judicial Migracion Juramento


¿Quién es el actor?

QUINTERO CARRILLO, DANIEL ALEJANDRO (peticionario).

¿A quién se demanda?

no hay parte demandada; se trata de un trámite contencioso administrativo de solicitud de carta de ciudadanía ante el Juzgado.
- Objeto de la demanda: solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y obtención de la carta de ciudadanía.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la petición y se declaró ciudadano argentino a QUINTERO CARRILLO DANIEL ALEJANDRO (n. 04/09/1991, San Cristóbal, Táchira, Venezuela), con la exigencia de prestar juramento de fidelidad a la República Argentina y la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, disponiéndose la expedición de la carta de ciudadanía y la notificación a los organismos indicados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," "1.
- Declarar ciudadano argentino a QUINTERO CARRILLO DANIEL ALEJANDRO, nacido el 04 de septiembre de 1991 en San Cristobal
- Tachira
- República Bolivariana de Venezuela, hijo de José Antonio Quintero Castillo y de Doris Estella Carrillo (conf. surge de la partida de nacimiento obrante en autos), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)." No existen votos en disidencia en el expediente.

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