BEVILACQUA, JOHANNA ANDREA c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD
Amparo por salud para cobertura de fertilización asistida FIV/ICSI con banco de semen y criopreservación. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°2 hizo lugar parcialmente al amparo y ordenó a OSDE brindar cobertura integral al 100% del tratamiento y la criopreservación con mantenimiento anual en los términos del fallo.
¿Quién es el actor?
Sra. J.A.B.
¿A quién se demanda?
Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), obra social/prepaga.
- Objeto de la demanda: Cobertura al 100% del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad FIV/ICSI con banco de semen y la criopreservación de embriones (y mantenimiento), conforme orden médica.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al amparo; OSDE debe brindar la cobertura integral al 100% del tratamiento FIV/ICSI con banco de semen y la eventual criopreservación de embriones con mantenimiento anual en los términos reseñados en el fallo. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios del abogado de la actora en 25 UMA ($2.551.900) más 40% por apoderado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda, debiendo la accionada brindar el 100% de cobertura del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad FIV/ ICSI con banco de semen y la eventual criopreservación de embriones con mantenimiento anual en los términos reseñados precedentemente."
"El art. 8 establece que el sector público de salud, las obras sociales y las entidades de medicina prepaga incorporarán como prestaciones obligatorias ... la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas que la Organización Mundial de la Salud define como de reproducción médicamente asistida..."
"La única interpretación admisible, en consonancia con los objetivos trazados por la ley 26.862, es la que habilita a los interesados a acceder a tres tratamientos 'anuales' de reproducción médicamente asistida con técnicas de alta complejidad" (cita del fallo de la Corte Suprema en causa "Y., M. V. y otro c/ IOSE s/ amparo de salud", Fallos: 341:929), y la doctrina plenaria de la Cámara que afirmó que "el límite ... ha sido previsto de modo anual".
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente analizado.
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