VAN PAMELLEN BARTOLO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA ARMADA ARGENTINA s/ACCIDENTE DE TRABAJO/ENFERM. PROF. ACCION CIVIL
El actor reclamó indemnización y la recalificación de su haber de retiro por lesiones sufridas/agravadas en actos de servicio. La Cámara Civil y Comercial Federal – Sala III revocó la sentencia de primera instancia, hizo lugar a la demanda, condenó al Estado a pagar $4.600.000 y ordenó reconocer la vinculación de las patologías con actos de servicio, con intereses desde el 1/6/01; se excluye la deuda del régimen de consolidación por aplicación del art. 18 ley 25.344.
¿Quién es el actor?
Bartolo Van Pamellen.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional – Ministerio de Defensa – Armada Argentina.
- Objeto de la demanda: reparación por daños y perjuicios derivados de afecciones padecidas y/o agravadas por actos de servicio, modificación del haber de retiro y pago de retroactivos; solicitud de exclusión del régimen de consolidación de deudas del Estado.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la sentencia de primera instancia y se hizo lugar a la demanda. Se condenó a la Armada Argentina a pagar al actor $4.600.000 ($2.500.000 por daño físico, $2.000.000 por daño moral y $100.000 por gastos), suma excluida del régimen de consolidación por aplicación del art. 18 de la ley 25.344 y devengará intereses a la tasa activa del Banco Nación desde el 1/6/01 hasta su efectivo pago. Se ordenó reconocer que las lesiones y patologías fueron padecidas o agravadas por actos de servicio y adecuar el haber de retiro; las diferencias retroactivas que pudieran corresponder están prescriptas más allá de los 5 años anteriores al 11/5/11. Costas a la parte accionada.
- Fundamentos principales (transcripción literal de párrafos relevantes):
1) “...la experta determinó un 78% de discapacidad y puntualizó que sus enfermedades guardaban relación con el hecho denunciado en autos; y que, al contestar las observaciones de la parte actora, señaló que continuar prestando servicios agravó sus enfermedades.”
2) “De hecho, en esa misma causa, la Armada informó las tareas que el actor desarrolló entre 1967 y 1994... En cuanto al informe médico en estas actuaciones, la experta destacó también la vinculación entre las patologías y los hechos denunciados... Teniendo en cuenta los elementos reseñados, considero que asiste razón al apelante en cuanto a que la relación de causalidad entre los daños demostrados y las tareas propias del servicio para la Armada Nacional se encuentra debidamente acreditada.”
3) “En consecuencia, propongo al Acuerdo revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la demanda promovida por el actor... 1) Condenar a la demandada a abonarle al actor la suma de $4.600.000 ($2.500.000 por daño físico, $2.000.000 por daño moral y $100.000 en concepto de gastos). Dicha suma, por aplicación del art. 18 de la ley 25.244, se excluye de las previsiones... llevará intereses a la tasa activa... desde el día 1/6/01 y hasta su efectivo pago.”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los doctores Juan Perozziello Vizier y Fernando Uriarte adhieren al voto de la jueza Nallar.
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