AVENIDA COMPRAS SA c/ AFIP - DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Avenida Compras S.A. reclamó la aprobación de la liquidación de honorarios de su letrado contra la AFIP - DGI. La Cámara Federal fijó los honorarios en 3,3 UMA ($330.570,90) y, por la tarea en alzada, en 1 UMA ($100.173), rechazando la actualización monetaria aplicada por el profesional con base en el IPC.
¿Quién es el actor?
AVENIDA COMPRAS SA.
¿A quién se demanda?
AFIP
- DGI (Dirección General Impositiva).
- Objeto de la demanda: impugnación/aprobación de la liquidación de honorarios profesionales presentada por el Dr. Santiago Carlos Velarde; discusión sobre la base regulatoria y la procedencia de la actualización monetaria aplicada a la liquidación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara fijó los honorarios del Dr. Santiago Carlos Velarde en 3,3 UMA (equivalente a $330.570,90) y, por las tareas cumplidas en la alzada, en 1 UMA (equivalente a $100.173). Asimismo, consideró improcedente la actualización monetaria aplicada por el letrado con base en el Índice de Precios al Consumidor porque "no se encuentra habilitada por la sentencia dictada en el presente proceso". Se advirtió que, si el profesional acredita ser responsable inscripto en IVA, se adicionará la alícuota correspondiente que será a cargo del condenado en costas.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
1) "…a efectos de que la base regulatoria represente adecuadamente el contenido económico real del beneficio patrimonial obtenido, corresponde expresar dicho importe en valores actuales, dado el prolongado lapso de tramitación del proceso" (destacado corresponde al original) — manifestación del Dr. Velarde al presentar su liquidación.
2) "…los montos agregados al capital original no responden al computo de accesorios, en los términos del art. 22 de la ley 27423, sino una actualización monetaria que no se encuentra habilitada por la sentencia dictada en el presente proceso y por lo tanto no resulta procedente."
3) "Por consiguiente, teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional y la única etapa cumplida, SE FIJAN los honorarios del Dr. Santiago Carlos Velarde en 3,3 UMA´s… y, con fundamento en pautas análogas a las enunciadas y considerando, además, el resultado del recurso, SE ESTABLECEN sus emolumentos… en 1 UMA…"
- Votos en disidencia: no consta disidencia en el bloque dispositvo; el acuerdo fue suscripto por el Dr. José Luis Lopez Castiñeira y aparecen las firmas que rubrican la resolución.
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