ALONSO, OSCAR ALBERTO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores promovieron acción contra la Secretaría de Seguridad y la PFA por prestaciones relacionadas al personal. La Cámara elevó los emolumentos del letrado apoderado a $1.489.288,84 (14,59 U.M.A.) y ordenó su regulación conforme al artículo 51 de la Ley 27.423, sin incluir el IVA.
¿Quién es el actor?
Alonso, Oscar Alberto y otros (parte actora, letrado apoderado Dr. Alberto Cesar Muiños).
¿A quién se demanda?
Secretaría de Seguridad / Policía Federal Argentina (EN-M SEGURIDAD-PFA) en el expediente sobre PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: Controversia administrativa relativa al personal y, en esta resolución, regulación de honorarios/emolumentos del letrado de la parte actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió elevar a $1.489.288,84 (14.59 U.M.A.) los emolumentos correspondientes al Dr. Alberto Cesar Muiños, disponiendo que esa regulación deberá cancelarse conforme al artículo 51 de la Ley 27.423 y que no incluye el IVA, que deberá adicionarse según corresponda. Regístrese y devuélvanse los autos a la instancia de origen para su notificación.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en las etapas de este proceso ante primera instancia, corresponde ELEVAR en la suma de $1.489.288,84 –equivalente a la cantidad de 14.59 U.M.A.– los emolumentos correspondientes al Dr. Alberto Cesar Muiños, quien intervino como letrado apoderado de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29 de la Ley 27.423; Resol SGA Nº 1785/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
"Regístrese y devuélvanse los autos a la instancia de origen para su notificación."
(No se registran en el dispositivo otras medidas distintas relativas al fondo del proceso en este texto; no consta disidencia en el bloque resolutorio.)
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