ROJO JOSE OSMAR Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 871/07 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Se fijaron emolumentos a favor de la letrada apoderada de la parte actora por $476.694,92. La Cámara hizo lugar al aumento de honorarios y ordenó su pago conforme al artículo 51 de la Ley 27.423, aclarando que el monto no incluye el IVA.
¿Quién es el actor?
Rojo José Osmar y otros.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Defensa — Ejército (expediente relativo al personal militar y civil de las FFAA y de seguridad).
- Objeto de la petición: regulación/elevación de emolumentos (honorarios) a favor de la letrada apoderada de la parte actora.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la elevación de los emolumentos y se fijó la suma de $476.694,92 (equivalente a 4.67 UMA) para la Dra. Ana María Sila; se dispuso que la regulación deberá cancelarse conforme al artículo 51 de la Ley 27.423 y se aclaró que el importe no incluye el Impuesto al Valor Agregado, que deberá adicionarse según corresponda. Se ordenó registrar y devolver los autos a la instancia de origen para su notificación.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en las etapas de este proceso ante primera instancia, corresponde ELEVAR a la suma de $476.694,92 —equivalente a la cantidad de 4.67 UMA— los emolumentos correspondientes a la Dra. Ana Maria Sila, quien intervino como letrada apoderada en la defensa de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29 de la Ley 27.423; Resol SGA Nº 1785/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASI SE RESUELVE."
No constan votos en disidencia; la resolución aparece firmada por los tres miembros de Sala IV.
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