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RIVADERO, LEONIDES c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH (EX S04 69287/15 - RESOL 178/23) s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

El Sr. Rivadero interpuso recurso directo contra la Resolución RESOL-2023-178-APN-MJ que le reconoció solo un día indemnizable por detención ilegal. La Cámara hizo lugar al recurso, declaró la nulidad de la resolución y remitió las actuaciones a la sede administrativa para que se produzca y considere la prueba pertinente.

Recurso directo Ley 24.043 Detencion ilegal Nulidad Remision a sede administrativa Produccion de prueba Indemnizacion Ministerio de justicia y derechos humanos Costas Camara contencioso administrativo federal


¿Quién es el actor?

Leónides Rivadero.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (EN-M JUSTICIA Y DDHH).
- Objeto de la demanda: Revisión judicial de la Resolución RESOL-2023-178-APN-MJ (30/01/2023) que reconoció solo parcialmente el beneficio indemnizatorio previsto por la Ley Nº 24.043 (le fue reconocido 1 día indemnizable por detención del 16/10/1974 y se denegó el período 17/10/1974 a 15/10/1976).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso directo de Rivadero, se declaró la nulidad de la Resolución n° RESOL-2023-178-APN-MJ del 30/01/2023 y se reenviaron las actuaciones a la sede administrativa para que produzca y considere la prueba pertinente; se impusieron las costas en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos de la sentencia): 1) "Que en tales condiciones, cabe destacar que las constancias que resultan de las páginas 13, 17, 21, 25, 27 y 29 del expediente administrativo incorporado a fs. 4/103, permiten concluir que el Sr. Rivadero estuvo detenido el día 16/10/1974 tal como lo expuso la autoridad administrativa. Ahora bien, tales elementos no resultan suficientes para considerar acreditado de manera indubitable que dicha detención se extendió por el período que alega la actora." 2) "Pese a lo expuesto, cabe destacar que con la presentación del recurso directo, la recurrente acompañó copia de la denuncia presentada el 12/04/2019 ante la Fiscalía Federal Nº 3 de Córdoba... Resulta evidente entonces que la autoridad administrativa no pudo tener a la vista esos elementos." 3) "Por ello, corresponde declarar la nulidad del decisorio recurrido, por cuanto deben ser examinadas cuestiones de hecho y prueba que resulten conducentes para acreditar la situación de detención ilegal por el período que alega la actora, a cuyo fin deben remitirse las actuaciones a sede administrativa para que de conformidad con las pautas del procedimiento establecidas en el artículo 3° la Ley N° 24.043 se disponga la producción y consideración de la prueba tendiente a establecer fundadamente si procede el beneficio requerido."
- Disidencia: No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva final.

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