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PRINGLES, EMILIANO ADRIAN c/ EN-M SALUD DE LA NACION-LEY 19549 27350 RESOL 1780/25 s/AMPARO POR MORA

El actor promovió amparo por mora contra EN-M Salud de la Nación reclamando registro y prestaciones vinculadas con Ley 19.549/Res. 1780/25. La Cámara admitió la apelación, revocó la resolución que había declarado la incompetencia del fuero y declaró la competencia del Fuero Contencioso Administrativo Federal para conocer la causa.

Amparo por mora Competencia Fuero contencioso administrativo federal En M salud de la nacion Ley 19.549 Resolucion 1780/25 Apelacion Revocatoria Jurisprudencia de sala Registro de programas (cannabis/salud).

Actor: PRINGLES, Emiliano Adrián. Demandado: EN-M Salud de la Nación (Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación / EN
- M Salud de la Nación). Objeto de la demanda: Amparo por mora vinculado con la Ley 19.549 y Resolución 1780/25, solicitando intervención judicial por la demora en el registro/actuaciones administrativas (amparo por mora).

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió el recurso de apelación, revocó la resolución apelada que había declarado la incompetencia del Fuero y declaró la competencia del Fuero Contencioso Administrativo Federal para conocer del proceso. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la cuestión ya ha sido resuelta por esta Sala —de conformidad con lo dictaminado por el Fiscal General— en el marco de la causa 15764/2025 Silveyra, Facundo c/ EN
- M Salud de La Nación
- Registro del Programa Cannabis s/ Amparo por Mora”, resol. del 6/8/25; en sentido concordante con la Sala II, en la causa 15.686/2024, “Khabie, Martín Jacques c/Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación s/amparo ley 16.986”, resol. del 7/2/25; Sala III, causa 12180/2025, “Pérez Spangenberg, Lucas Rodolfo c/ Ministerio de Salud de La Nación s/ Amparo Ley 16.986", resol. del 2/10/25; y Sala V, en la causa 15646/2024, “González, María del Carmen c/Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación s/Amparo ley 16.986”, del 7/8/25." "En consecuencia, SE RESUELVE: admitir el recurso, revocar la resolución apelada y declarar la competencia del Fuero para conocer en este proceso. Regístrese, notifíquese y devuélvase." No se registran votos de minoría en el texto aportado; la decisión adoptada es la del Acuerdo consignado en el bloque resolutivo citado.

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