Incidente Nº 1 - ACTOR: ARZUAGA, FELIX VICENTE Y OTROS DEMANDADO: EN-M SEGURIDAD-PNA s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Incidente en ejecución de sentencia por regulación de honorarios del letrado apoderado. La Cámara Federal regularizó los emolumentos del Dr. Rubén Darío Poisson en $425.656,92 (4,17 UMA), ordenando su anotación para pago conforme al artículo 51 de la Ley 27.423 y dejando constancia sobre el IVA.
¿Quién es el actor?
Arzuaga, Félix Vicente y otros.
¿A quién se demanda?
EN-M SEGURIDAD-PNA (dependencia demandada en el expediente de ejecución).
- Objeto de la demanda: Incidente de ejecución de sentencia para la regulación de emolumentos a favor del letrado apoderado de la parte actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara regularizó los emolumentos del Dr. Rubén Darío Poisson en la suma de $425.656,92 (equivalente a 4,17 UMA), con expresa indicación de que la regulación deberá cancelarse conforme al artículo 51 de la Ley 27.423 y que el monto no incluye el Impuesto al Valor Agregado, el que, en su caso, deberá adicionarse según la situación tributaria del profesional. Se ordenó registrar la resolución y devolver los autos a la instancia de origen para su notificación.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 33 de la ley 21.839 (cfr. esta Sala in re “Zambrano, Ricardo Jorge c/ EN –M de Justicia y DDHH s/ Proceso de Ejecución”, expte. 70069/2018, resolución del 04/10/2022), la importancia del asunto discutido y las tareas cumplidas en la instancia anterior en la incidencia resuelta el 03/03/26, corresponde REGULAR en la suma de $425.656,92 —equivalente a la cantidad de 4,17 UMA— los emolumentos correspondientes al Dr. Rubén Darío Poisson, quien actuó en carácter de letrado apoderado de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 29 y 34 de la ley 27.423; Resol. SGA n° 1785/26)."
"Se deja constancia que la regulación que antecede deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación los profesionales intervinientes frente al citado tributo."
"ASÍ SE RESUELVE. Regístrese y devuélvanse los autos a la instancia de origen para su notificación."
- Votos disidentes: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; la decisión surge del acuerdo de la Sala.
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