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FLORES CASCO, GUIDO RAMON c/ DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES (DNM) s/AMPARO LEY 16.986

Contienda negativa de competencia en amparo migratorio por cancelación de residencia y expulsión. La Cámara declaró la incompetencia del Fuero y remitió las actuaciones al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín para que reasuma la competencia.

Contienda negativa de competencia Amparo Migraciones Cancelacion de residencia Expulsion Medida cautelar Jurisdiccion Juzgado federal n?2 san martin Direccion nacional de migraciones Ley 26.854


¿Quién es el actor?

FLORES CASCO, Guido Ramón (de nacionalidad paraguaya).

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
- Objeto de la demanda: acción de amparo dirigida a declarar la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición que canceló su residencia permanente, declaró la irregularidad de su permanencia, dispuso su expulsión del territorio nacional y la prohibición de reingreso con carácter permanente; además, pedido de medida cautelar para suspender los efectos de dicho acto administrativo y cualquier restricción sobre ingreso, egreso y permanencia.

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró la incompetencia del Fuero y, previa noticia al Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 4, remitió los autos al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín para que reasuma la competencia que declinó. (La redacción de la decisión corresponde al texto dispositvo final del tribunal).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que, en autos se ha configurado una contienda negativa de competencia entre los juzgados federales en lo Contencioso Administrativo N° 4 de esta Capital y en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nº 2 de San Martín, quienes se atribuyeron recíprocamente el conocimiento de la causa (cfr. fs. 63, 73 y 74), cuya resolución compete a este Tribunal (art. 20 de la ley 26.854)." "Que, el Fiscal General indicó, en primer término, que el actor (de nacionalidad paraguaya) inició la presente acción de amparo, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional y la ley 16.986, contra la Dirección Nacional de Migraciones, a fin de que declare la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición que canceló su residencia permanente, declaró la irregularidad de su permanencia, la expulsión del territorio nacional y la prohibición de reingreso con carácter permanente, como consecuencia de una condena penal dictada en el marco de una situación de violencia de género." "Que, sin perjuicio de lo establecido en el Título VI de la ley 25.871 (t.o. decreto 366/2025), de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, corresponde declarar la incompetencia del Fuero y, previa noticia al Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 4, remitir los autos al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín para que reasuma la competencia que declinó."
- No se consignan votos en disidencia en el texto aportado.

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