V. R, C. R. Y OTRO c/ OSUTHGRA s/AMPARO LEY 16.986
Los actores V. R., C. R. y otro promovieron amparo (Ley 16.986) contra OSUTHGRA. La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la regulación de honorarios fijada en primera instancia por $2.034.604 (22 U.M.A.), entendiendo que se ajusta a derecho conforme arts. 15, 16, 19, 48 y 51 de la ley 27.423.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: V. R., C. R. y otro.
Demandado: OSUTHGRA.
Objeto: Amparo (Ley 16.986) y, en este subproceso, impugna la regulación de honorarios profesionales practicada en la sentencia de grado.
Decisión: Se confirmó la regulación de honorarios consignada a fs. 213/229, por un total de $2.034.604 (equivalente a 22 U.M.A., según res. 538/2026 del 31/03/2026), rechazando la impugnación promovida por la apoderada de la requerida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción):
"II.
- Abordando el análisis de los emolumentos recurridos, valorando la labor profesional realizada (desplegada en su totalidad bajo la vigencia de la ley 27.423), su extensión y resultado favorable obtenido (que surge del pronunciamiento puesto en crisis, que hizo lugar a la acción, con costas a la demandada), como así también la complejidad e importancia del juicio, teniendo en cuenta el motivo, calidad jurídica del trabajo, la trascendencia del pleito, el tiempo empleado en la solución del litigio, y que las presentes actuaciones carecen de monto que pueda ser considerado como base arancelaria, entiendo que los emolumentos regulados por el Juez de grado se ajustan a derecho, de acuerdo a lo establecido por los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423."
"Es entonces, por las razones antes expuestas, que propongo al Acuerdo: Confirmar los honorarios regulados a fs. 213/229, de acuerdo a lo establecido en los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423. Tal, el sentido de mi voto."
Voto de adhesión: "Por compartir los fundamentos expuestos por el Sr. Juez de Cámara Dr. Jiménez, en el voto que precede, adhiero a la decisión propiciada."
Texto resolutorio: "SE RESUELVE: Confirmar los honorarios regulados a fs. 213/229, de acuerdo a lo establecido en los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. DEVUÉLVASE."
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