SPERGGE, PEDRO ARGENTINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES reclamando reajustes y recálculo de haberes previsionales (PBU, aportes autónomos, moratoria). La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado respecto del índice a considerar para el ajuste de la PBU, difiriendo su determinación a la liquidación, y confirmó el resto de lo decidido imponiendo costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SPERGGE, PEDRO ARGENTINO.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales (reajuste de la PBU, recálculo por aportes autónomos, actualización de servicios incluidos en moratoria 24.476/25.994, exención de impuesto a las ganancias sobre retroactivos, impugnación de DNU 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020 y pedido sobre costas).
Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación del actor por extemporaneidad; se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo al índice a considerar para el ajuste de la PBU, disponiéndose que la cuestión se resuelva en la etapa de liquidación; se confirmó el resto de la sentencia apelada; se impusieron las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
II.
- "Respecto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES', ... por lo que corresponde revocar en cuanto anticipa el índice a considerar, el cual deberá evaluarse al momento de practicar liquidación."
III.
- "En cuanto al agravio vinculado con la aplicación de los antecedentes 'Volonté' y 'Makler' respecto de los aportes autónomos, los mismos resultan sustancialmente análogos a lo examinado por esta Cámara ... por lo que corresponde confirmar y remitirnos a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
IV.
- "no encontramos motivos para revocar la sentencia de grado, toda vez que la ley prevé la regularización de aportes a partir de una contraprestación a cargo del contribuyente, renta que merece ser actualizada en su justa proporción –tal cual lo ha ordenado el A quo-, sin perjuicio de la extemporaneidad del pago efectuado por la parte actora acogiéndose a la Moratoria prevista en la ley 24.476, por lo que corresponde confirmar la sentencia en este punto..."
V.
- "corresponde confirmar y remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne." (sobre inconstitucionalidad de DNU 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, remitiendo a precedentes).
VII.
- "por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
VIII.
- "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
Parte resolutiva (extracto):
"I.
- DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora...
II.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU...
III.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida..."
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