SECRETARIA DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c/ RGAD SA s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO
La Secretaría de Trabajo promovió ejecución fiscal contra RGAD SA por $500.000. El Juzgado ordenó ejecutar y condenó a la demandada al pago de $500.000 con intereses y costas, regulando honorarios en 3 UMAS y aplicando la limitación del art. 730 del CCyCN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SECRETARIA DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (MINISTERIO DE TRABAJO).
Demandado: RGAD SA.
Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $500.000 conforme boleta de deuda agregada.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta hacerse íntegro pago de $500.000 con intereses y costas; se impusieron las costas a la demandada; se fijaron honorarios del letrado interviniente en 3 UMAS, con aplicación del límite del art. 730 del CCyCN si aquéllos excedieran el 25% del monto actualizado de la sentencia; se dispuso que el Ministerio practique la liquidación y notifique para impugnación en 5 días y acompañe cédulas en 10 días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"En orden a las costas, se imponen a la demandada por no existir causales que aconsejen su eximición (art. 68 y 558 del CPCCN)."
"En cuanto a la regulación de honorarios, previo a todo corresponde señalar que el Suscripto entiende que en los juicios de ejecución fiscal tramitados por la Ley 11.683 debe regir la normativa que reglamenta, -con alcance general-, las pautas de gestión vigentes para la ejecución judicial regulada en el art. 92 de la Ley citada. Dicha normativa regula puntual y detalladamente las pautas y criterios para la estimación administrativa de los honorarios, y a las cuales los representantes del Ministerio deben sujetarse (Leyes 25.877 y 26.476, y concordantes)."
"Por lo tanto, sin perjuicio de mantener mi criterio personal ... la ley 27430 en la escala prevista en su art. 21 conduce a la aplicación de los mínimos previstos en el art. 58 en función del art. 29 inc. f de la citada ley (juicio de escaso monto, etapa transitada e inexistencia de excepciones)."
"Ahora bien, la aplicación lisa y llana de dicha normativa, sin ningún otro matiz, puede en la práctica ocasionar un desbalance injustificado, ... a punto tal de arribar a un honorario que supere con creces el importe demandado en autos ... este tipo de procedimientos se caracteriza por la masividad y la utilización de escritos estandarizados provistos por el propio Organismo ... que facilitan la tramitación de este tipo de causas, todo lo cual simplifica enormemente la labor que deben desarrollar los representantes del Ministerio."
"En este sentido, sin perjuicio que la labor profesional ha sido desplegada en forma diligente, resulta imperioso buscar otras herramientas jurídicas que permitan corregir cualquier asimetría y/o distorsión, como la que brinda el art. 730 del CCyCN, en cuanto neutraliza toda posibilidad de exceso, sin paralelamente agravar la situación patrimonial de las personas afectadas al proceso."
"En razón de ello, estimo corresponde fijar los honorarios correspondientes al letrado/a interviniente, en el carácter actuado y proporción de ley, en la suma equivalente a TRES (03) UMAS, al valor de dicha Unidad vigente al día de la fecha, las que serán abonadas teniendo en cuenta la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación para el caso de que la regulación de honorarios aquí dispuesta (3 UMAS) excediera el 25% del monto de la sentencia actualizado..."
Parte resolutiva relevante:
"I.
- Mandar a llevar adelante la ejecución en contra de RGAD SA, hasta hacerse íntegro pago a la actora SECRETARIA DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la suma de $500000, con más sus intereses legales y costas (arts. 68 y 558 del CPCCN)."
"II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN). Los honorarios ... se fijan en la suma equivalente a TRES (03) UMAS ... abonadas teniendo en cuenta la limitación dispuesta en el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación ..."
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