Incidente Nº 2 - IMPUTADO: GARCIA, CARLOS ALBERTO s/INCIDENTE DE EMBARGO
Los defensores de Facundo Daniel Lezcano y Gabriel Alejandro Giannotta solicitaron información sobre la modalidad de pago y la sustitución de la inhibición general de bienes por el monto del embargo. La Cámara Oral Federal ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes al constatarse el pago del embargo y con no objeción del Ministerio Público Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Las defensas de los imputados Facundo Daniel Lezcano y Gabriel Alejandro Giannotta.
Demandado: Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia (incidente planteado en causa principal), con intervención del Juzgado Federal de Rawson Nº 2 y conocimiento del Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Que se informe la modalidad/medio de pago o cuenta a efectos de oblar el monto del embargo impuesto por la resolución de fs. 2731/2021 y que se sustituya la inhibición general de bienes decretada por el Juzgado Federal de Rawson Nº 2, por el pago efectuado.
Decisión: Se ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes respecto de Facundo Daniel Lezcano (DNI 34.086.355) y Gabriel Alejandro Giannotta (DNI 14.672.526), librando los oficios que correspondan.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Mediante resolución de fecha 2 de septiembre de 2021 resultaron procesados Facundo Daniel LEZCANO y Gabriel Alejandro GIANNOTTA por considerarlos autores probables material y criminalmente responsables del delito de 'insertar o hacer insertar en un instrumento público declaraciones falsas, en calidad de autor (arts. 45, 293 y 298 del Código Penal), ordenándose asimismo trabar embargo sobre sus bienes, hasta cubrir la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) para cada uno de ellos, o inhibirla de la libre disposición de sus bienes, en el supuesto de carecer de ellos o que no los diere dentro de los cinco días de notificada la presente, la cual servirá de suficiente mandamiento (art. 518 del C.P.P.N.)."
"Que se encuentra acreditado el pago de la suma fijada en concepto de embargo, conforme surge de los comprobantes obrantes a fs. 14/15 respecto de Facundo Daniel Lezcano y a fs. 19/vta. respecto de Gabriel Alejandro Giannotta."
"Corrida vista al Ministerio Público Fiscal, a fs. 20, éste manifestó que no opone reparos a que se disponga el levantamiento de la medida cautelar oportunamente dispuesta."
"RESUELVE: ORDENAR el levantamiento de la inhibición general de bienes decretada por el Juzgado Federal de Rawson Nº 2 respecto de Facundo Daniel LEZCANO DNI 34.086.355 y Gabriel Alejandro GIANNOTTA, DNI 14.672.526 debiendo librar los oficios que correspondan."
- Fechas y montos relevantes: Resolución que impuso embargo: 2/9/2021; monto: PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) para cada imputado; comprobantes de pago obrantes a fs. 14/15 (Lezcano) y fs. 19/vta. (Giannotta); resolución de levantamiento firmada el 10/08/2026.
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