Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GIMENEZ, NAHUEL EDGARDO Y OTRO s/HURTO DAMNIFICADO: IGLESIAS , AGUSTIN EZEQUIEL
El imputado fue juzgado por hurto en grado de tentativa por intentar sustraer una gorra de un vehículo. El tribunal admitió el juicio abreviado, condenó a Edgardo Nahuel Giménez a un mes de prisión de efectivo cumplimiento por hurto en grado de tentativa y lo declaró reincidente, disponiendo su libertad el 11/8/2026 por cómputo de la detención.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Marcelo Martínez Burgos, Fiscal a cargo de la Fiscalía N°22).
Demandado: Edgardo Nahuel Giménez.
Objeto: Responsabilidad penal por hurto en grado de tentativa, en calidad de coautor, por intento de apropiarse de una gorra marca Nike el 12 de julio de 2026.
Decisión: Se admitió y homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Giménez a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento y costas por hurto en grado de tentativa, se lo declaró reincidente y se ordenó su libertad el 11/8/2026 al computarse la detención desde el 12/7/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Les imputo haber intentado apoderarse ilegítimamente de una gorra marca Nike, propiedad de Agustín Ezequiel Iglesias.
- Ello ocurrió el 12 de julio de 2026, alrededor de las 17:00 horas, cuando estando ambos acusados juntos se dirigieron al vehículo Volkswagen Bora, dominio FGV-482, de la víctima ... Núñez introdujo su mano por la ventanilla del lado del conductor (que se encontraba baja) y agarró la gorra de su interior, para luego darse a la fuga."
"A partir que el acuerdo de juicio abreviado presentado fue planteado en legal tiempo y forma, y que Giménez ha admitido en la audiencia tanto la existencia del hecho y su participación en el, como así también la conformidad con la calificación legal y con la pena propuesta, se considera que se encuentran reunidos los requisitos de admisibilidad establecidos por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación..."
"En virtud de ello impondré, valorando las condiciones personales que mencionó Giménez la imagen brindada por el nombrado, y respetando el acuerdo suscripto por las partes en base a las agravantes y atenuantes tenidas en cuenta por la Fiscalía, la pena de un mes de prisión, que será de efectivo cumplimiento atento a los antecedentes que registra Giménez."
"En virtud de ello, considerando la fecha de comisión del delito probado en esta causa, las condenas previas que registra Giménez ... corresponde que sea declarado reincidente (art. 50 Código Penal de la Nación)."
"I) Condenar a Edgardo Nahuel Giménez ... a la pena de un mes de prisión y costas, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de hurto, en grado de tentativa... II) Fijar como fecha de vencimiento de la pena ... el once de agosto de dos mil veintiséis (11/8/2026). III) Declarar reincidente a Edgardo Nahuel Giménez (art. 50 del Código Penal de la Nación). IV) Ordenar la libertad de Edgardo Nahuel Giménez, la que deberá hacerse efectiva el día once de agosto de dos mil veintiséis (11/8/2026), a las 12 horas..."
- Montos/fechas relevantes: hecho ocurrido el 12/7/2026 alrededor de las 17:00; pena impuesta: 1 mes de prisión de efectivo cumplimiento; antecedentes citados con condenas previas (ej.: seis meses de prisión en fecha 15/6/2021; cuatro meses de prisión efectiva con vencimiento 5/5/2026); cómputo y libertad fijada para el 11/8/2026.
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