GRECO CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de remuneraciones para el cálculo de prestaciones derivadas de la ley 24.241. El tribunal hizo lugar parcialmente: ordenó la bonificación de horas de vuelo conforme al art. 3 inc. a) del decreto 4257/68 y la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) según el índice Badaro, rechazando la actualización de PC, PAP, topes y la mayoría de las inconstitucionalidades invocadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GRECO CARLOS ALBERTO.
Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Objeto: Reajuste/actualización del haber previsional, actualización de remuneraciones para cálculo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), bonificación por horas de vuelo conforme decreto 4257/68, y declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones (leyes 24.241, 24.463, 26.417, etc.).
Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda: (i) ordenar a ANSES que compute la bonificación por horas de vuelo del actor conforme art. 3 inc. a) del decreto 4257/68; (ii) actualizar la Prestación Básica Universal (PBU) conforme al índice "Badaro" y aplicar aumentos generales de ley si la diferencia supera el 15%; (iii) ordenar a ANSES que practique la actualización en 120 días y, en caso de diferencia confiscatoria, abone las sumas resultantes con intereses; (iv) rechazar la demanda respecto de la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad; (v) diferir el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución; costas por su orden; regular honorarios en ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
- Sobre la fecha de adquisición del derecho y la prescripción: "la actora obtuvo el beneficio al amparo de la ley 24.241 con aporte dependientes, fijándose como fecha de adquisición del derecho 07-08-2024... En atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo... El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio."
- Sobre la bonificación por horas de vuelo y aplicación del decreto 4257/68: "tendrá derecho a la jubilación ordinaria con 30 años de servicios y 50 de edad, el personal que habitualmente realice tareas de aeronavegación... e) Con un año de servicio por 1000 horas de vuelo efectivo, al personal con función auxiliar. Las horas de vuelo efectivo solo serán tenidas en cuenta cuando sean certificadas en base a constancias fehacientes por la autoridad aeronáutica correspondiente... respecto de la bonificación por horas de vuelo que le corresponde al accionante conforme decreto 4257/68, he de señalar que no surge detalle en el cómputo de esos servicios que la misma se haya efectuado de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3 inc. a) del citado decreto... razón por la cual, he de hacer lugar a dicha prestación y ordenar al organismo previsional que efectúe el cómputo de bonificación de horas de vuelo prestadas por el Sr. Carlos Alberto Greco en un todo de acuerdo con lo establecido en el art. 3 inc. a) del decreto 4257/68."
- Sobre la actualización de remuneraciones y aplicación de normativa vigente: "la actora ha solicitado en autos la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la PC y PAP... al tratarse de un beneficio adquirido con posterioridad a la ley de movilidad n° 26417 y en vigencia de la ley 27609... corresponde estarse, para su actualización, a las pautas allí establecidas. Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo 'Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios'... la parte actora, no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho."
- Sobre la PBU y el umbral del 15%: "actualícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
- Sobre imposibilidad de gravar retroactivos con Ganancias: "ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional... En cuanto al retroactivo a generarse... 'No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencias por prestaciones previsionales mal abonadas.'... corresponde... que la Anses, al momento de abonar las sumas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias."
- Consideraciones sobre inconstitucionalidad y prueba del perjuicio: "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen... resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la sentencia se resuelve por el Juzgado Federal Subrogante en primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: