GARECA PINTO, NATALI s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
La actora solicitó carta de ciudadanía argentina por naturalización. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°1 hizo lugar a la solicitud, declarando ciudadana argentina por naturalización a Natali Gareca Pinto y ordenando la extensión del título respectivo, con las advertencias legales sobre juramento, enrolamiento y posible anulación por fraude.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Natali Gareca Pinto (peticionante).
Demandado: No corresponde una contrapartida pretendida; trámite de incorporación a la ciudadanía argentina ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°1.
Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización para obtener la nacionalidad argentina.
Decisión: Se declaró ciudadana argentina por naturalización a Natali Gareca Pinto, DNI N° 96.165.82, nacida el 02 de abril de 1994 en Cercado, Cochabamba, Bolivia; se ordenó la extensión del título respectivo y se impusieron las formalidades de juramento y el plazo de enrolamiento de un año, con las advertencias legales pertinentes. Se ordenaron notificaciones y comunicaciones a entidades públicas (Ministerio Público Fiscal, Dirección Nacional de Migraciones, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Policía Federal y Ministerio de Relaciones Exteriores).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."
"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina por naturalización a NATALI GARECA PINTO, DNI N° 96.165.82, hija de Francisco GARECA LIMON y de María Teresa PINTO MARISCAL, nacida el 02 de abril de 1994 en Cercado, Cochabamba, Bolivia, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento."
"Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."
"Regístrese y notifíquese, y al Fiscal Federal en su público despacho. Comuníquese por cédula a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110, Ley 25.871) y por oficio a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la División de Análisis Legal de la Policía Federal Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a fin de que por la vía pertinente comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen de la interesada. Fecho, ARCHIVESE."
- Fechas y datos relevantes:
Fecha de firma: 07/08/2026. Alta en sistema: 10/08/2026. Nombre completo y DNI de la beneficiaria: NATALI GARECA PINTO, DNI N° 96.165.82; nacida 02/04/1994 en Cercado, Cochabamba, Bolivia.
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