ARELLANO, JESUS c/ RICAGNO, ARIEL MARCELO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 05/04/2023. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al conductor, al asegurado y a la aseguradora al pago de $9.219.571 con intereses, por responsabilidad objetiva del vehículo embistente y los daños probados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Jesús David Arellano.
Demandado: Ariel Marcelo Ricagno; Matías Alejandro Fernández; y la aseguradora Copan Cooperativa de Seguros Limitada (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito del 05/04/2023 en Av. Comodoro Py y Corbeta Uruguay (Retiro, CABA), por $15.521.200 (rubros: incapacidad sobreviniente, gastos médicos, daño psicológico, tratamiento psicológico, daño moral, gastos futuros, daño emergente, privación de uso, disminución del valor venal).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a Ariel Marcelo Ricagno y a Matías Alejandro Fernández, extensivo a la aseguradora Copan en la medida del seguro, a pagar $9.219.571 más intereses y costas; se regulan honorarios y costas a cargo de los vencidos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Así, la totalidad de la prueba producida en autos, valorada a la luz de la normativa y pautas citadas, y de acuerdo con los principios de la sana crítica, me llevan a la convicción que el camión conducido por el demandado Ariel Marcelo Ricagno, faltó al deber de prudencia y cuidado que es exigible a todo aquel que se encuentra al mando de un rodado, al vulnerar las normas relativas al tránsito. Ello, sumado a que revistió la calidad de vehículo embistente, causando como resultado el suceso lesivo sobreviniente."
"En virtud de lo señalado, al tenerse por configurada la responsabilidad en la producción del ilícito del demandado que se encontraba al mando del camión marca Mercedes Benz modelo L 1114-42 -dominio RQC 895-, y consecuentemente de su acoplado MONTENEGRO S2R
- 12 CG 1990 -dominio SLH 888-, y no habiendo invocado y menos acreditado causal eximitoria alguna, se mantiene incólume la presunción legal de responsabilidad, por lo que corresponde condenar por el hecho de autos a Ariel Marcelo Ricagno (en su carácter de conductor del camión), a Matías Alejandro Fernández (en carácter asegurado de dicho rodado), a reparar los daños probados que guarden adecuado nexo causal con el hecho fuente, haciendo extensiva la condena a su aseguradora 'Copan Cooperativa de Seguros Limitada', en la medida del seguro contratado..."
"FALLO: 1) Haciendo lugar parcialmente a la demanda promovida por Jesús David Arellano, con costas. 2) En consecuencia, condeno a Ariel Marcelo Ricagno, Matías Alejandro Fernández, la que hago extensiva a su aseguradora 'Copan Cooperativa de Seguros Limitada' ... a pagar al actor la suma de pesos nueve millones doscientos diecinueve mil quinientos setenta y uno ($9.219.571) todo ello dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente, con más los intereses que se calcularán conforme lo dispuesto en el considerando X)."
- Citas textuales importantes incluidas en los párrafos anteriores: referencias a arts. 1757, 1758 y 1769 del CCCN; valoración del peritaje mecánico y médico (peritos Ing. Marcelo Navarro y Dr. Eduardo Andrés Fiore) y la consideración de la denuncia de siniestro como prueba de la mecánica del choque.
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