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GUASTAVINO, CARLOS MARIA c/ BRAGAÑA, NATALIA CAROLINA s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES

El actor demandó por cobro de honorarios profesionales derivados de convenios extrajudiciales y prestaciones vinculadas a gestión de beneficio de ANSES. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $118.815,05 más intereses, con costas por su rebeldía, por entenderse acreditados los convenios y el reconocimiento de honorarios.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carlos María Guastavino. Demandado: Natalia Carolina Bragaña. Objeto: Cobro de sumas de dinero por convenios de honorarios por actuaciones extrajudiciales (honorarios por acuerdo ante SECLO por incapacidad y por gestión de beneficio/pensión ante ANSES), por un total denunciado de $118.815,05. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Bragaña a pagar a Guastavino $118.815,05 más intereses desde la notificación de la demanda (22/11/2018), con costas a cargo de la demandada; se difirió la regulación de honorarios para cuando exista liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La falta de contestación de la demanda crea una presunción de veracidad de los hechos lícitos invocados por la actora en su escrito de inicio, siempre y cuando no existan elementos de juicio que permitan resolver lo contrario, y en cuanto a los documentos anejados se los debe tener por reconocidos o recibidos, según sea el caso (art. 356, inciso 1º del Código Procesal)." "En virtud de ello, resulta indiscutida la representación letrada del actor respecto de Gustavo Valentín Herrera en las tareas extrajudiciales efectuadas en relación al convenio por incapacidad y al cobro del beneficio otorgado por ANSES. Asimismo, corresponde tener por auténtica la documentación acompañada al escrito de inicio entre la que se desprenden los dos convenios celebrados entre el actor y Gustavo Valentín Herrera, y los two convenios consecuentes de éstos en donde la demandada reconoció los honorarios del Dr. Guastavino." "En virtud de ello, y toda vez que la demandada no acreditó el pago de los honorarios convenidos que se denunciaron impagos por un total de $118.815,05 de conformidad con lo dispuesto por el art. 959 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación la demanda debe ser admitida y la accionada debe pagarle al actor la suma adeudada." Sentencia dispositiva (transcripción): "Hacer lugar a la demanda promovida y condenar en consecuencia a Natalia Carolina Bragaña, a abonarle a Carlos María Guastavino la suma de pesos ciento dieciocho mil ochocientos quince con cinco centavos ($118.815,05). Ello, con más sus intereses en la forma dispuesta supra, en el plazo de 10 días de notificado el presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de ejecución, con costas conforme lo dispuesto en el considerando respectivo. II.
- Se difiere la regulación de honorarios para el momento en que exista liquidación aprobada."

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