ENSINAS MURGUIA, ROBERTO ANDRES c/ AGUILAR, NICOLAS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra el conductor y su aseguradora por las lesiones sufridas. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, atribuyó la responsabilidad en un 90% al actor y redujo las cuantías indemnizatorias fijando la condena final en $1.230.000 con intereses conforme lo resuelto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Roberto Andrés Ensinas Murguía.
Demandado: Nicolás Aguilar y la aseguradora La Perseverancia Seguros S.A. (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito (lesiones y secuelas, gastos, daño moral y daños al proyecto de vida).
Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia de grado que había hecho lugar a la demanda por $16.800.000; la Cámara atribuyó la responsabilidad en un 90% al actor y en un 10% al demandado, redujo la indemnización por incapacidad física a $8.000.000 (con cargo del 10% a los accionados), confirmó el rechazo de otras partidas reclamadas, mantuvo gastos médicos en $300.000 (con cargo del 10% a los accionados), redujo el daño moral a $4.000.000 (con cargo del 10% a los accionados), fijó intereses (8% anual puro desde el hecho hasta la sentencia de grado y luego tasa activa BNA según doctrina "Samudio"), declaró abstracto el planteo sobre límite de cobertura y condenó en costas a la parte demandada y citada en garantía. Resultado final: demanda prospera por la suma de $1.230.000 a favor del actor.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de 2-3 párrafos relevantes):
"En consecuencia, atento los límites del recurso y conforme el principio de congruencia, propongo revocar parcialmente la sentencia de grado, por lo que se atribuye la responsabilidad por los daños ocasionados por el accidente en un 90% a la parte actora y el restante 10% a la parte demandada."
"En este contexto fáctico y en uso de las facultades previstas por el art. 165 CPCC, estimo que la indemnización por incapacidad física es elevada y debe ser reducida a $ 8.000.000, importe del cual los accionados deberán cargar con el 10% ($ 800.000). Asimismo, propongo que se confirme el rechazo de las restantes partidas atento la contundencia de las conclusiones periciales."
"Por todo lo expuesto, propongo al Acuerdo, de ser compartido mi criterio: I.
- Revocar la sentencia apelada y establecer que la responsabilidad por el accidente se atribuye en un 10% al demandado y en un 90% a la víctima. En consecuencia, la demanda prospera por la suma de $ 1.230.000 a favor de Roberto Andrés Ensinas Murguía. II.
- Establecer que sobre el monto de capital de condena deberá aplicarse un interés puro del 8% anual a partir del hecho (21/10/2020) y hasta la sentencia de grado (15/4/2026), y a partir de esta última fecha y hasta el efectivo pago un interés conforme la doctrina del plenario “Samudio”, es decir, la tasa activa del Banco de la Nación Argentina en sus operaciones a 30 días. III.
- Declarar abstracto el planteo formulado con relación al límite de cobertura. IV.
- Confirmar la sentencia en todo lo demás que decide y fue materia de apelación y agravios, con costas de Alzada a cargo de la parte demandada y citada en garantía (art. 68 CPCC)."
(Voto de mayoría unánime; el Dr. Kiper adhiere con disidencia en cuanto a la preferencia por tasa activa pero acompaña por economía procesal.)
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