RIZZONE, LUIS MARIA Y OTRO c/ MEZA, HUGO PABLO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demandas por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 04/02/2017, reclamando incapacidad, daño moral y gastos, entre otros rubros. El Juzgado hizo lugar total a la demanda de Rizzone y coactor contra Hugo Pablo Meza (haciendo extensiva la condena a la aseguradora La Segunda hasta el límite de la póliza) y hizo lugar parcialmente a la demanda de Gómez y coactora contra el mismo demandado, rechazando demandas contra otros codemandados por eximición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
En expediente 28837/18: Luis María Rizzone y Arturo Martín Gómez.
En expediente 28840/18: Juan Manuel Gómez y Elsa Susana Gómez.
Demandado:
Hugo Pablo Meza; además se citaron en garantía a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, Caja de Seguros S.A. y La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A.; también fueron demandados otros conductores (Juan Ramón Machuca, Luis M. Rizzone y Arturo M. Gómez en distinto carácter según autos).
Objeto:
Reparación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (04/02/2017, RN Nº119 km 18.8, Curuzú Cuatiá, Corrientes): incapacidad sobreviniente, daño psíquico y tratamiento, gastos médicos y de traslado, reestructuración del hogar y asistencia permanente, daño moral, daño material, privación de uso y desvalorización del rodado.
Decisión:
Se declaró la responsabilidad exclusiva, en su faz causal, de Hugo Pablo Meza por haber invadido el carril contrario al intentar un sobrepaso, condenándolo a resarcir a los actores en los montos detallados; se extensió la condena a la aseguradora La Segunda hasta el límite de la póliza (con criterio de actualización indicado). Se rechazaron las demandas dirigidas contra Rizzone, Arturo M. Gómez y Juan R. Machuca por haberse configurado la causal eximente del hecho de un tercero por la que no deben responder. Se reguló costas y honorarios. Montos principales: en expediente 28837/18, se condena a Meza/La Segunda a pagar $69.000.000 a Luis M. Rizzone y $34.800.000 a Arturo M. Gómez; en expediente 28840/18, se condena a Meza/La Segunda a pagar $12.100.000 a Juan M. Gómez y $21.300.000 a Elsa S. Gómez (más intereses y costas).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes del fallo, lenguaje original):
"En razón de ello, al efectuar una valoración integral de los elementos de prueba recabados en ambos procesos y en la causa penal, dichos extremos permiten concluir que fue el codemandado en ambos procesos -Hugo Pablo Meza-, que circulaba en el vehículo Ford Fiesta (dominio ASU 416) sobre la Ruta Nacional N° 119 (altura Km. 18.8), en sentido contrario a los accionantes de ambos procesos, quien produjo con su negligente accionar el suceso lesivo sobreviniente."
"Es que las partes han sido contestes al brindar sus testimonios en sede represiva, que fue aquél quien al efectuar una maniobra de sobrepaso de los vehículos en hilera que lo precedían, invadió el carril contrario de circulación (por el que se desplazaban los actores en el Chevrolet Classic, y detrás de este el Citroën C3) y generó de esta forma el acaecimiento del suceso ilícito."
"Por todo lo expuesto, en razón del sistema legal imperante en la materia y al encontrarse probada la exclusiva incidencia causal en la producción del ilícito del demandado Hugo Pablo Meza, era carga de este y en consecuencia de su aseguradora, demostrar en forma categórica e inequívoca, que el suceso lesivo se produjo por la culpa de un tercero por el que no debe responder, fuerza mayor o caso fortuito, tal como le era exigible en función de lo dispuesto por la normativa de fondo y el art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación."
- Votos en disidencia: No consta votación dividida; decisión por el magistrado único.
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