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.................... S/ HABEAS CORPUS

El peticionante promovió hábeas corpus por la suspensión de sus salidas transitorias y la vulneración de derechos por su condición de persona con discapacidad. La Cámara declaró inadmisible la acción por tratarse de un remedio reservado a impugnaciones vinculadas a la prisión preventiva y remitió el expediente al Juzgado de Ejecución N°2 para que, con intervención de la defensa, sustancie y resuelva la pretensión con urgencia.

Habeas corpus Inadmisibilidad Prision preventiva Progresividad de la ejecucion Persona con discapacidad Salidas transitorias Remision al juzgado de ejecucion Tutela judicial Defensa Tribunal de casacion penal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Walter Fabián Suárez, por derecho propio. Demandado: Juzgado de Ejecución Penal N°2 del Departamento Judicial Mercedes (instancia de ejecución que resolvió la revocación de salidas transitorias). Objeto: Restitución inmediata de las salidas transitorias que le fueron suspendidas; denuncia de arbitrariedad por revocación sin audiencia, vulneración de derechos de persona con discapacidad, violación del principio de progresividad de la ejecución penal y del deber de asistencia por parte de la defensa oficial. Peticiona la inmediata restitución de las salidas transitorias en las condiciones previas (24 horas semanales bajo supervisión de Monitoreo Electrónico con GPS). Decisión: La Cámara declaró inadmisible la acción de hábeas corpus y, por aplicación de la doctrina de la Suprema Corte provincial, dispuso comunicar y remitir el expediente al Juzgado de Ejecución N°2 para que, con la intervención de la defensa y con la urgencia que el caso impone, se canalicen y resuelvan las pretensiones del imputado. No hubo imposición de costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Con tal cuadro de situación cabe señalar que el hábeas corpus 'como recurso' ha sido ideado por el legislador bonaerense como una opción para cuestionar la prisión preventiva y si bien es cierto que determinada doctrina ha posibilitado que sea utilizado como mecanismo paralelo al recurso de casación, su objeto se circunscribe al cuestionamiento del auto de prisión preventiva..." "el hábeas corpus 'como recurso' ha sido ideado por el legislador bonaerense como una opción para cuestionar la prisión preventiva, más si ésta fue recurrida por el recurso de apelación, no puede ser utilizado rectamente en la causa so riesgo de que un mismo temperamento procesal pueda ser revisado alternativa o simultáneamente por dos mecanismos de impugnación en detrimento de los principios de preclusión y progresividad procesal y del criterio de taxatividad que campea todo el sistema recursivo local." "corresponde remitir la presentación impetrada por Walter Fabián Suarez, por derecho propio al Juzgado de Ejecución Penal N° 2 del departamento judicial Mercedes, a efectos de que, previa intervención de la defensa, se canalice la pretensión del encartado con la urgencia que el caso importe y se resuelva lo que por derecho corresponda (cf. arts. 18 y 75 inc. 22 de la CN, 1 del CPP)." Texto resolutorio: "I.
- Declarar inadmisible la acción de hábeas corpus articulada por Walter Fabián Suarez, por derecho propio, sin costas. II.
- Comunicar la presente al Juzgado de Ejecución nro. 2 del Departamento Judicial Mercedes, a fin de que, con la urgencia que el caso importe, con intervención de la defensa se canalicen las pretensiones del imputado y se resuelva lo que por derecho corresponda."

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