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P D E C/ P L M S/ ACCION DE RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN)

El actor promovió acción de reclamación de filiación contra el heredero del causante, solicitando se declare la filiación biológica. La Cámara modificó la distribución de costas: confirmó el reconocimiento de la filiación pero cargó íntegramente las costas procesales al actor, aplicando el art. 76 del Código Procesal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: D E P. Demandado: L M E P, en su carácter de heredero de R H S (fallecido 11/10/2022). Objeto: acción de reclamación de filiación; que se declare la filiación biológica del actor respecto del causante R H S. Decisión: La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en cuanto al reconocimiento de la filiación (se hizo lugar a la demanda) pero modificó la distribución de las costas, imponiéndolas íntegramente al actor y, en igual sentido, las costas de Alzada. Reguló además los honorarios por Alzada: Dra. Paula Martínez Urquiza 28 Jus; Dr. Matías L. Bertoncello 20 Jus; Dr. Guillermo Lammle 1 Jus; y diferió la apelación por regulación de honorarios hasta notificación al patrocinado según art. 54 Ley 14.967.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En tal precedente 'O', se resolvió que correspondía aplicar lo dispuesto por el artículo 76 del Código Procesal, en cuanto establece que 'cuando de los antecedentes del proceso resultase que el demandado no ha dado motivo a la interposición de la demanda y se allanare dentro del plazo para contestarla, el actor será condenado en costas'. Para así decidir, se valoró que los demandados no se opusieron a la pretensión actoral, e 'hicieron todo lo que estaba a su alcance' para que la interesada pudiera lograr el emplazamiento familiar: admitieron la veracidad del estudio genético y solicitaron que se haga lugar a la demanda." "Se indicó que, en tal proceso, el demandado P había sido traído al juicio en su carácter de heredero del causante, sin que su conducta procesal pudiera calificarse como obstructiva, dilatoria o contradictoria con la pretensión deducida; y que, por el contrario, había consentido la producción de la prueba genética, ateniéndose a su resultado, sin formular objeciones a la conclusión pericial." "Dicha actitud procesal del Sr. P se replicó en caso sub examine. ... Este proceso ha sido promovido en exclusivo interés del actor, quien resulta ser el único beneficiario del emplazamiento filial pretendido, sin que resulte jurídicamente posible trasladar al heredero la reticencia del reconocimiento por parte del progenitor, así como tampoco la demora de sus hermanos para incoar la acción." Decisión resolutiva: "I
- Modificar la sentencia apelada, dictada el 17/03/2026, en lo que respecta a la distribución de las costas procesales, las que se cargan íntegramente al actor. II
- Por los mismos fundamentos, imponer las costas de Alzada a la parte accionante. III
- Regular los honorarios... a la Dra. Paula Martínez Urquiza en la suma de 28 Jus, al Dr. Matías Leandro Bertoncello en la suma de 20 Jus, y al Dr. Guillermo Lammle en la suma de 1 Jus... IV
- Diferir el recurso de apelación deducido por el Dr. Matías L. Bertoncello... hasta que se le notifiquen a su patrocinado en la forma prevista por el artículo 54 de la Ley 14967."

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