CORTADI PABLO ANDRES C/ PEREZ PIERONI JUAN IGNACIO S/ COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO
El actor reclamó $2.600.000 por trabajos de construcción realizados en inmueble de calle Soler 2783, alegando saldo adeudado sobre un presupuesto de $3.150.000. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que estimó probado un presupuesto inicial de $540.000, ampliado luego a $1.080.000, y concluyó que la suma fue satisfecha, rechazando la demanda y las pretensiones del apelante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Pablo Andrés Cortadi.
Demandado: Juan Ignacio Pérez Pieroni.
Objeto: Cobro de sumas de dinero por trabajos de construcción realizados en inmueble de calle Soler nº 2783; petición de condena al pago de $2.600.000 (pretensión originaria $3.150.000 con saldo reclamado).
Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda y condenó en costas al actor apelante; se consideró que el precio pactado fue $1.080.000 y que dicho monto fue satisfecho mediante pagos parciales documentados por $1.100.000.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"En efecto, en dicho mensaje el actor no se limita a mencionar tareas aisladas, sino que enumera un conjunto amplio y coherente de trabajos -la platea, el levantamiento de paredes de ladrillo del 18, el techo, los revoques interiores y exteriores, la instalación de cañerías del baño y la colocación de aberturas
- y fija expresamente, como contrapartida de ese conjunto de tareas, la suma de $ 540.000, ofreciendo una modalidad de pago semanal de $ 30.000. No se trata, entonces, de una referencia parcial o fragmentaria a un ítem aislado de la obra, sino de una descripción integral de los trabajos principales que el propio actor acompañó de un precio que él mismo fijó a la fecha del inicio de la relación contractual.
A ello se suma que el demandado reconoció que ese presupuesto inicial no contemplaba el sobretecho con losa precon, y que este fue agregado con posterioridad, lo que llevó a duplicar el valor original hasta los $ 1.080.000. Ese reconocimiento deja ver de manera clara la secuencia de hechos, es decir, que hubo un precio inicial de $ 540.000, ampliado luego a $ 1.080.000 por la incorporación de tareas no previstas, y pagos parciales que -según la hoja de cuaderno constatada notarialmente
- totalizaron $ 1.100.000, cifra que guarda relación de proximidad con el precio final admitido."
"En cuanto a los agravios que ponen el acento en el presupuesto de 'Construcciones Elias' -por $ 12.380.000, según documentación acompañada en la demanda
- y en el informe técnico de la perito arquitecta Silvina San Martín agregado en autos el 18/9/2024 -que estimó el costo de los trabajos en $ 32.000.000-, corresponde señalar que ninguno de esos elementos responde a la cuestión que aquí se dirime; es que de lo que aquí se trata no es de saber cuál es el valor de mercado de una obra de esas características al momento de esas estimaciones, sino de cuál fue el precio que las partes acordaron en octubre o noviembre de 2021."
"Por lo expuesto, corresponde confirmar lo resuelto por el a quo en cuanto tuvo por acreditado que el precio pactado fue el de $ 1.080.000, y que dicha suma se encuentra saldada mediante los pagos parciales documentados por $ 1.100.000."
Voto mayoritario: ambos jueces (Mercado y Peralta Mariscal) coincidieron en confirmar la sentencia de primera instancia. Se rechazaron los agravios del apelante, se impusieron las costas de Alzada al actor y se diferenció la regulación de honorarios.
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