.................... S/ QUEJA
Queja por la denegatoria de casación contra la decisión que no hizo lugar a la suspensión del proceso y sobreseimiento por incapacidad sobreviniente. La Cámara rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación, señalando que la resolución impugnada no produce efectos de definitividad ni agravio de imposible o muy dificultosa reparación ulterior; se dejó constancia de la reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa Oficial en representación de Eduardo Hermindo Rubiera.
Demandado: Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca por haber rechazado la queja por apelación denegada y, previamente, la inadmisibilidad del recurso de casación.
Objeto: Se cuestiona la denegatoria de la suspensión del proceso y el sobreseimiento por incapacidad sobreviniente, y la posterior inadmisibilidad del recurso de casación; se alega afectación de garantías (debido proceso, defensa en juicio) y la necesidad de aplicar una perspectiva de discapacidad.
Decisión: La Sala Quinta del Tribunal de Casación Penal rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la Defensa Oficial en favor de Eduardo Hermindo Rubiera, con costas en esta instancia, y tuvo presente la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La Defensa manifiesta que la decisión en crisis es equiparable a sentencia definitiva y provoca un gravamen de imposible reparación ulterior, al someter a juicio a una persona que no se encuentra en condiciones de participar por sus discapacidades.
Sostiene que en el presente debe aplicarse una perspectiva de discapacidad, toda vez que su defendido es un adulto mayor y padece un deterioro cognitivo e hipoacusia, y deben realizarse evaluaciones cada seis meses para determinar el grado de deterioro que presenta."
"Sin embargo, ingresando al análisis de lo resuelto por el a quo, en la medida en que el recurso de casación ha sido correctamente declarado inadmisible, corresponde rechazar también la queja que cuestiona tal decisión.
En el caso de autos, el resolutorio que rechaza la queja por apelación denegada en relación al auto que no hizo lugar a la suspensión del proceso y sobreseimiento por incapacidad sobreviniente, no encuadra en ninguno de los supuestos estipulados en el código ritual, en tanto no tiene efectos que determinen su definitividad, circunstancia que impide que el Tribunal de Casación intervenga como órgano intermedio, dado que el supuesto no pone fin a la causa o impide su continuación, y tampoco provoca un agravio de insusceptible o muy dificultosa reparación ulterior que requiera tutela judicial inmediata (cfr. causas P. 132.464, resol. de 26/02/2020; P. 119.653, resol. de 15/10/2014; P. 124.803, resol. 29/12/2015; entre otras), a lo que añado que no se presenta una situación de evidente arbitrariedad o gravedad institucional que active por esa vía -excepcionalmente
- el control casatorio."
"En consecuencia, propongo al Acuerdo, rechazar la queja por la inadmisibilidad del recurso de casación, con costas en esta instancia. VOTO POR LA NEGATIVA."
"En atención al resultado que arroja el tratamiento de la cuestión precedente corresponde: 1) rechazar la queja por la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la Defensa Oficial en favor de Eduardo Hermindo Rubiera, con costas en esta instancia (...) y 2) tener presente la reserva del Caso Federal (art. 14 de ley 48). ASI LO VOTO."
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