.................... S/ QUEJA
Queja por inadmisión de recurso de casación contra denegatoria de régimen abierto solicitada para condenado. La Cámara rechaza la queja por inadmisibilidad del recurso de casación y sostiene que no se configuró arbitrariedad ni cuestión federal que habilite el control casatorio excepcional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Defensor Oficial en representación de Marcelo Alejandro Barboza interpone queja contra la denegatoria de inclusión en régimen abierto.
Demandado: La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial La Matanza, por haber confirmado el rechazo a la modificación de régimen.
Objeto: Se impugna la decisión que rechazó la inclusión de Barboza en el régimen abierto de detención; se pretende que se admita recurso de casación y que se case la resolución por arbitrariedad y defectos de fundamentación.
Decisión: La Sala V del Tribunal de Casación Penal rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, con imposición de costas en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El recurrente alega que su recurso de casación debió admitirse, pues la resolución que por ese medio pretendía conmover es equiparable a sentencia definitiva y presenta un defecto de fundamentación de una gravedad tal que constituye un supuesto de arbitrariedad manifiesta. En tal sentido, afirma que la decisión impone requisitos extralegales y se apoya en fundamentos aparentes para denegar lo pretendido.
Denuncia la errónea aplicación de los arts. 100 y 119 de la Ley 12.256; y la violación de principios y garantías constitucionales.
Finalmente, solicita que se tenga por presentada la queja, se admita el recurso de casación y se case la decisión en crisis."
"Nuestra ley procesal dispone en su artículo 433 del ritual -cf. ley 13.943
- que corresponde al órgano que dictó la resolución analizar si el remedio casatorio se interpuso oportunamente, si el recurrente tiene legitimidad subjetiva y si la decisión es objetivamente recurrible. ... En primer lugar, corresponde señalar que la queja traída a esta instancia cumple con los requisitos de admisibilidad formal, en la medida en que se cumplieron las exigencias vinculadas al tiempo y forma de su interposición.
Sin embargo, ingresando al análisis de lo resuelto por la cámara, en la medida en que el recurso de casación ha sido correctamente declarado inadmisible, corresponde rechazar también la queja que cuestiona tal decisión por las razones que a continuación expondré."
"En el supuesto de autos la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Ejecución interviniente como la alzada local se expidieron en similar sentido en relación a la petición defensista. A ello debe añadirse que no se advierte, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por ese carril.
En consecuencia, no advirtiendo circunstancia alguna que permita la apertura de esta instancia, propongo al acuerdo rechazar la queja articulada por el Defensor Oficial de Marcelo Alejandro Barboza, dada la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, con costas en esta instancia ... VOTO POR LA NEGATIVA."
Sentencia: "RECHAZAR la queja articulada por el Defensor Oficial de Marcelo Alejandro Barboza, dada la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, con costas en esta instancia."
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