.................... S/ QUEJA
El quejoso solicitó revocar la denegatoria de libertad asistida a su favor. La Cámara declaró abstractos los motivos de la queja por haberse agotado la pena el 16 de mayo, y por ello rechazó el trámite de la queja.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Víctor Gabriel Jiménez Díaz.
Demandado: Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Matanza (por la confirmatoria del auto que denegó la libertad asistida).
Objeto: Queja contra la denegatoria de la libertad asistida dictada por la Cámara y confirmatoria del Juzgado de Ejecución Penal N°1.
Decisión: La Cámara de Casación, en Acuerdo, declaró abstractos los motivos traídos en la queja y, en consecuencia, rechazó su trámite, por haberse tornado la cuestión carente de virtualidad al haberse acreditado que el quejoso agotó la pena el 16 de mayo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo):
"Como viene diciendo reiteradamente la Corte Suprema de la Nación y el Superior Tribunal Provincial en numerosos precedentes, las resoluciones deben atender a las circunstancias existentes al tiempo de su dictado (causas L. 89.455, sentencia del 12-IV-2006; L.85.534, 'O.C.', sentencia del 13-II-2008 y L. 107.602, 'Iturregui', sentencia del 30-X-2013, entre otras), aunque ellas sean sobrevinientes a la interposición del recurso (Fallos: 298:33; 301:693; 304:1649; 304:1761; 308:1087; 310:670; 310:2246; 311:870; 311:1810; 312:555; 312:891), entonces si como surge de las propias actuaciones y del sistema informático RUD, el 16 de mayo del corriente Jiménez Díaz agotó la pena que le fuera impuesta oportunamente, los agravios que se dicen traer en la presentación en trato han perdido virtualidad (artículos 421, 433, 450, 454 y 465 del Código Procesal Penal) y, por estos fundamentos, VOTO POR LA AFIRMATIVA."
"De conformidad al resultado que arroja el tratamiento de la cuestión precedente, corresponde declarar abstractos los motivos traídos en la queja interpuesta (artículos 421, 433, 450, 454 y 465 del Código Procesal Penal). ASÍ LO VOTO."
- Votos: El acuerdo fue unánime. El juez Violini fundó y votó por declarar abstractos los motivos; el juez Carral adhirió expresamente al voto del doctor Violini.
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