.................... S/ QUEJA
El condenado solicitó régimen abierto y salidas transitorias en atención a un informe criminológico favorable y evolución intramuros. La Cámara de Casación rechazó la queja y confirmó la necesidad de profundizar el abordaje tratamental, al entender que la alzada valoró razonablemente la premura para otorgar los beneficios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sarmiento, Sergio Oscar, a través de su Defensor Oficial, promovió la queja contra la denegatoria de régimen abierto y salidas transitorias.
Demandado: Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón (confirmante del auto del Juzgado de Ejecución N°1).
Objeto: Revocación del rechazo al otorgamiento del régimen abierto y de salidas transitorias, por violación del principio de progresividad y del fin resocializador de la ejecución penal; se alegó valoración arbitraria del informe criminológico favorable y exigencia de requisitos no previstos legalmente.
Decisión: La Cámara de Casación declaró admisible la queja en un voto, pero por mayoría la rechazó; confirmó que la decisión de la alzada no incurrió en arbitrariedad ni en violación de principios constitucionales o convencionales y desestimó el recurso de casación/queja, con costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Si bien la impugnada constituye en sí misma una resolución equiparable a sentencia definitiva (en tanto denegatoria de la salidas transitorias y de régimen abierto), se observa que ha sido dictada por un órgano judicial competente y revisada luego por el superior habilitado al efecto, con lo que en definitiva la situación traída a conocimiento de la Sala no se amolda a las exigencias de los artículos 448, 450 y ccdtes. del ritual y 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en tanto la garantía del doble conforme quedó satisfecha con el paso por la Alzada departamental."
"En primer término, corresponde señalar que no se advierte en el caso la denunciada violación a los principios de legalidad, progresividad, reinserción social, debido proceso, ni tampoco arbitrariedad en la motivación del pronunciamiento impugnado. Ello así, pues de la lectura integral de la resolución recurrida surge que la alzada efectuó una ponderación concreta y razonada de las constancias incorporadas al legajo de ejecución, explicitando adecuadamente las razones por las cuales estimó prematuro el acceso del penado al régimen abierto y al beneficio de salidas transitorias, aún frente al dictamen favorable emitido por el Departamento Técnico Criminológico."
"Contrariamente a lo sostenido por la defensa, no se advierte que la Cámara haya fundado su decisión en una indebida valoración moral de la personalidad del condenado ni en una intromisión ilegítima en su esfera privada tutelada por el artículo 19 de la Constitución Nacional. Es que, las referencias efectuadas respecto de determinados indicadores psicológicos fueron utilizadas exclusivamente como pautas para evaluar el grado de evolución tratamental y la aptitud del penado para acceder a modalidades de ejecución menos restrictivas..."
"Por otro lado, tampoco se observa la denunciada incorporación judicial de requisitos no previstos legalmente para el acceso a los institutos solicitados. ... su otorgamiento resulta automático una vez abastecidos los requisitos objetivos mínimos previstos por la ley. En efecto, tanto el régimen abierto como las salidas transitorias exigen una evaluación jurisdiccional concreta acerca de la evolución personal del condenado y de la conveniencia de avanzar en la progresividad, análisis que en el caso fue desarrollado razonablemente por el tribunal 'a quo'."
Voto en disidencia parcial sobre admisibilidad: el juez Violini admite la queja para conocer el planteo federal y la rechaza en mérito; los jueces Bouchoux y Carral consideran la queja inadmisible y votan por su rechazo.
Fechas y montos relevantes: pena impuesta de cuatro años de prisión con vencimiento de la pena el 9 de julio de 2027; incorporación al régimen semiabierto modalidad amplia desde octubre de 2024 (mencionado por la defensa).
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