.................... S/ QUEJA
La imputada interpuso recurso de queja contra la confirmación del rechazo de su pedido de sobreseimiento por prematuridad en la etapa de investigación. La Cámara de Casación rechazó la queja por mayoría y remitió las actuaciones a la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora para que analice el novedoso planteo de prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Bonet Andrada, Carla Rocío, por medio de su defensa particular.
Demandado: Se impugna la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora que confirmó el auto del Juzgado de Garantías N°2 (Avellaneda-Lanús) que rechazó su pedido de sobreseimiento.
Objeto: Se solicita la revocación de la confirmación del rechazo de sobreseimiento por atipicidad e inexistencia de delito (impedimento de contacto, ley 24.270), alegando falta de dolo, ausencia de régimen comunicacional vigente, violación de garantías constitucionales y convencionales, intervención mínima del derecho penal, plazo razonable y prescripción de la acción.
Decisión: La Cámara de Casación Penal, por mayoría, rechazó la queja sin costas y remitió las actuaciones a la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora para que analice el planteo de prescripción. No hizo lugar a los demás agravios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
Antecedente sobre admisibilidad y planteos:
"La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora confirmó el auto del Juzgado de Garantías N°2... que rechazó el sobreseimiento de Carla Bonet Andrada, por considerar que el pedido deviene prematuro al encontrarse la causa en etapa de investigación."
Fundamentos del voto que abre el Acuerdo (Violini):
"Si bien el recurrente denuncia arbitrariedad y violación de las garantías de debido proceso y defensa en juicio, no refuta adecuadamente las razones con las que la Alzada confirma la denegatoria de sobreseimiento, insistiendo en las propias acerca de la insuficiencia de prueba para tener por demostrada la existencia de un hecho típico, a la par que invoca la garantía de presunción de inocencia sin considerar que, en la presente etapa, las eventuales dudas conducen a la continuidad del proceso, pues el dictado de un sobreseimiento exige verificar la existencia de 'certeza negativa' respecto de la causal invocada, que en el caso no se verifica según afirma la Cámara y omite rebatir la defensa; de manera que no cabe predicar al menos, la relación directa e inmediata de las normas federales invocadas y la solución del caso."
Sobre la etapa procesal y prematuridad:
"Así, el Juzgado de Garantías detalló que a Carla Bonet Andrada se le endilga la comisión del delito 'prima facie' calificado como impedimento de contacto, en los términos de la ley 24.270, que la investigación se encuentra en pleno trámite, que la fiscalía interviniente se encuentra habilitada temporalmente y que la imputada no se encuentra bajo ninguna medida privativa de su libertad, por lo que no corresponde hacer lugar a los requerimientos articulados -por prematuros-, en los términos del artículo 321 del Código Procesal Penal."
Remisión por prescripción (propuesta y resolución):
"Finalmente, en cuanto al novedoso planteo de prescripción de la acción que trae la defensa, debo recordar que la competencia de este Tribunal se abre sólo en función de una tarea de revisión y control de lo decidido, por lo que resulta indispensable que la cuestión traída a estudio haya sido planteada ante el inferior. Por lo tanto, entiendo que corresponde, y así lo propongo al Acuerdo declarar admisible la queja interpuesta y parcialmente procedente el recurso de casación intentado, -en lo que respecta al novedoso planteo traído a este Tribunal-, sin costas, y en consecuencia, remitir las actuaciones a la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora a fin de que analice la posible extinción de la acción penal por prescripción y confirmar el pronunciamiento recurrido en todo lo demás que fuera materia de recurso, sin costas."
Votos de minoría/adhesiones:
El juez Bouchoux disintió parcialmente respecto de la admisión del recurso de casación pero coincidió en remitir la cuestión de prescripción a la Cámara de Lomas de Zamora: "Propongo remitir las actuaciones a la Sala III... en cuanto al novedoso planteo de prescripción planteado por la Defensa." El juez Carral adhirió al voto de Bouchoux.
Decisión final (resolución):
"I. RECHAZAR la queja traída, sin costas. II. REMITIR las actuaciones a la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora a fin de que analice la posible extinción de la acción penal por prescripción que plantea la defensa."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: