Logo

SANTANDER SERGIO EDUARDOC/ CONTRERAS PABLO MATIAS y otro/a S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió incidente de aclaratoria contra la sentencia de fecha 14 de julio de 2026 en una causa por daños y perjuicios automovilísticos. La Cámara desestimó la aclaratoria al considerar que no existen errores materiales, conceptos oscuros ni omisiones subsanables sin alterar lo sustancial de lo decidido.

Aclaratoria Incidente Danos y perjuicios automovilisticos Inadmisibilidad Errores materiales Omision Interpretacion juridica Desestimacion Camara de apelaciones La plata

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Santander Sergio Eduardo. Demandado: Contreras Pablo Matías y otro/a. Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automotrices con lesiones o muerte (DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE). Decisión: Se desestimó la aclaratoria interpuesta por la parte actora en escrito electrónico de fecha 3 de agosto de 2026 contra la sentencia de fecha 14 de julio de 2026.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Que, la aclaratoria sólo procede para -sin alterar lo sustancial de la decisión
- corregir errores materiales, aclarar conceptos oscuros y/o suplir cualquier omisión en la que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio, cuestiones estas que no se configuran en el resolutorio de fecha 14 de julio de 2026 en lo que ha sido materia del recurso, toda vez que, ni la interpretación jurídica que el Tribunal ha efectuado respecto de la sentencia de primera instancia, ni del alcance de los agravios resultan errores materiales o cuestiones oscuras que deban aclararse por esta vía, tanto que cualquier modificación al respecto alteraría sustancialmente el fondo de lo decidido; por lo tanto, deviene inadmisible el recurso interpuesto (arts. 166 inciso 2 y 267 del C.P.C.C.)." "De conformidad al acuerdo logrado al tratar la cuestión anterior, corresponde desestimar la aclaratoria interpuesta en su escrito electrónico de fecha 3 de agosto de 2026."
- Dispositivo relevante (texto final): "POR ELLO, y demás fundamentos del acuerdo que antecede, se desestima la aclaratoria interpuesta por la parte actora en su escrito electrónico de fecha 3 de agosto de 2026 contra la sentencia dictada por este Tribunal con fecha 14 de julio de 2026. REGISTRESE. Correlaciónese con el RS 211/26. NOTIFÍQUESE en los términos del art. 10 de la Ac. 4013/21, modif. por Ac. 4039/21 de la SCBA. DEVUELVASE."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar