------S/APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE RÉGIMEN
Recurso de apelación contra la denegatoria de salidas transitorias y cambio de régimen penitenciario. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia por ausencia de dictamen favorable del organismo técnico criminológico y por el concepto institucional “regular” que impide la progresividad del régimen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Defensor Oficial, Dr. Joaquín Castro, en representación del interno, interpone recurso de apelación.
Demandado: I I N A (solicita beneficios a través de su defensa).
Objeto: Concesión de salidas transitorias y autorización de cambio de régimen (acceso al régimen abierto).
Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución del Juzgado de Ejecución Penal que denegó ambos beneficios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"I.
- El pronunciamiento dictado por el magistrado titular del Juzgado de Ejecución Penal departamental el 2/07/2026, en el legajo nro. 24813-STC2 de aquel organismo, que deniega a I I N A los beneficios de salidas transitorias y cambio de régimen, ha sido impugnado a través del recurso de apelación articulado por el Defensor Oficial, Dr. Joaquín Castro, motivando la intervención del Tribunal de Alzada."
"En ese aspecto, atendiendo al contenido del acta dictamen nro. 296/26 de la Unidad Penal nro. 3 de este medio, surge que se aconsejó al magistrado interviniente la INCONVENIENCIA de incluir al sujeto I I N A en los incidentes SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO ... siendo 'merecedor de un CONCEPTO REGULAR por parte de las autoridades presentando problemáticas de adaptación sin resultados positivos hasta la fecha, acatando solo en ocasiones las directivas impartidas, con inconvenientes en su vinculación con sus pares, sobre los que incide negativamente. desde lo social surgen ciertos aspectos de cautela, como el quebrantamiento de un beneficio judicial por la comisión de un nuevo delito, pudiendo resultar vulnerable su externación.' (reunión del 5/06/2026)."
"De manera entonces que la respuesta jurisdiccional de origen guarda directa relación con los datos obtenidos del legajo de ejecución penal del interno y los elementos de tenor precautorio en cuanto a su historia vital y las características vulnerables de su personalidad, circunstancias que reclaman la necesidad del interno de incorporarse a un espacio psicoterapéutico individual en procura de superar la situación de vulnerabilidad resaltada; parámetros que fueran materia de análisis por esta Sala al tratar la situación del encartado en oportunidad de denegarle idénticos institutos (en causa nro. 44.145, res. del 18/09/2025 ... ) y que
- al persistir
- constituye el valladar que impide que el penado pueda transitar una próxima etapa, en procura de lograr su adecuada reinserción social."
"Por lo expuesto, soy de opinión que la denegatoria venida en revisión resulta ajustada a derecho, correspondiendo rechazar la solicitud de la defensa, manteniendo lo resuelto por el magistrado en la instancia de origen, en relación a ambos institutos, votando
- por ende
- por la afirmativa. Así lo voto."
- Votos: Voto mayoritario integrado por los Dres. Eduardo Alfredo Alomar y Guillermo Martínez, quienes coincidieron en confirmar la denegatoria por las razones expuestas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: