.................... S/TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACION
La defensa solicitó sobreseimiento de Lucas Zárate por insuficiencia probatoria en causa por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara confirmó el rechazo al sobreseimiento, entendiendo que las pruebas colectadas (declaración de comprador previo, secuestros en domicilios y balanzas) justifican la elevación a juicio por falta de certeza negativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal.
Demandado: Lucas Zárate, imputado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Objeto: pedido de sobreseimiento por insuficiencia probatoria formulado por la defensa.
Decisión: la Cámara confirmó la resolución de primera instancia que rechazó el pedido de sobreseimiento y ordenó registrar, notificar y devolver al origen; con costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en el fallo):
"De inicio, respecto del sobreseimiento, debo precisar que el hecho investigado ha sido calificado como tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5, inc. c), de la ley 23.737), y las pruebas descriptas en la sentencia de grado -las que omito transcribir en su integralidad en esta coyuntura por elementales razones de brevedad y economía expositiva
- abastecen el requerimiento exigido por el rito para permitir el tránsito hacia la otra etapa del proceso."
"Así, la legalidad del procedimiento policial llevado a cabo que aparece refrendada por los testigos de actuación -Ciro Medina y Alfredo Benítez-, la declaración del testigo Lucas Gastón Palacios afirmando que Lucas Zárate le vende droga sumado a que, en el domicilio de su progenitora
- donde el mismo ejerce el comercio y pasa la mayor parte de su tiempo
- se procedió al secuestro de estupefacientes, así como una balanza de precisión; dichos extremos debidamente merituados por el 'a quo' justifican, de momento, el requerimiento de elevación a juicio efectuado por el Ministerio Público Fiscal, más allá de la declaración que prestara Zárate en términos del art. 308 del CPP, negando su responsabilidad."
"El sobreseimiento como quedó legislado, reclama, para su operatividad, un estado de certeza negativa en punto a la inexistencia de la materialidad ilícita o bien respecto a la responsabilidad del incusado ya que en los hechos importa un sentencia absolutoria dictada con anticipación que aborta el debate y hace cosa juzgada acerca de la persona a cuyo favor se dicta (doctrina de los arts. 322 y 323 del CPP). De ahí que no sea caprichosa la necesidad de requerir certeza negativa, definida como el conocimiento seguro y claro de algo. No estando presente ese requisito primordial entra en escena la duda, la sospecha, una probabilidad, que, en esta etapa del proceso, juega a favor del juicio y no del procesado, y ello no implica ni importa merma de ningún derecho de estirpe constitucional, en la medida que el apelante cuenta con la posibilidad intacta de valerse de la prueba colectada o bien de la que pueda producirse en el debate para contrarrestar la acusación y neutralizarla."
Adicionalmente, el tribunal remarcó el conjunto probatorio de la investigación: interceptación y declaración del comprador previo (Lucas Gastón Palacios) que refiere entrega de cocaína a cambio de $10.000; secuestros en el domicilio de Alejandro Varela (56 g de marihuana; 13 envoltorios con cocaína totalizando 6 g) y en el domicilio de Zárate (3 g de marihuana; 9,2 g de marihuana en bolsa; 10 envoltorios con cocaína totalizando 4,3 g y balanza de bolsillo), así como la concurrencia de testigos de actuación, todo lo cual, según la Cámara, legitima la apertura del juicio oral.
Voto por la afirmativa de Portiglia; Singla y Beraza adhirieron con fundamentos análogos.
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