DIAZ MABEL NORMA C/ ARANDA IVAN CARLOS Y OTRO S/PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS (376)
Demanda por pretensión indemnizatoria por caída en pizzería por desnivel no señalizado. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación: confirmó la falta de legitimación pasiva de Cosentino y, por mayoría, condenó a la Municipalidad de Lomas de Zamora y a Aranda y Zelasqui a indemnizar a la actora por $92.000 más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Mabel Norma Díaz.
Demandado: Iván Carlos Aranda (explotador/locatario), Liliana Augusta Zelasqui (propietaria/locadora), Municipalidad de Lomas de Zamora y Diego Hernán Cosentino (reivindicado titular de habilitación previa).
Objeto: Pretensión indemnizatoria por daños derivados de una caída el 26/07/2014 al ingresar a la "Pizzería Sion" en Almirante Brown 3402, por un desnivel/escalón sin señalizar y sin antideslizantes; se reclaman incapacidad sobreviniente, daño moral, psicológico y gastos.
Decisión: Por mayoría, la Cámara confirmó la falta de legitimación pasiva de Cosentino y, en cuanto a los demás demandados, revocó la sentencia de grado y reconoció responsabilidad de la Municipalidad, del explotador (Aranda) y de la propietaria (Zelasqui), condenándolos a pagar $92.000 a la fecha del hecho más intereses; costas a cargo de los codemandados vencidos. Hubo un voto disidente que proponía confirmar el rechazo íntegro de la demanda.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos de la sentencia, lenguaje original):
"Del análisis integral que requiere la valoración de las probanzas, teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos, y los agravios expuestos, forman mi convicción en el sentido que el accidente está acreditado, a partir de los dichos de la parte actora en su demanda, constatados con el relato del testigo presencial Carlos Luis Mazzucchelli, cuya declaración ha sido reseñada."
"En ese sentido, si bien Cosentino obtuvo la última habilitación comercial en fecha 21/05/02 (expediente n° 4068-94026-C-2000), el local a la fecha del accidente, tenía un de nuevo locatario, con inicio de localización para el rubro ... presentado por el Sr. Aranda ... A la fecha del accidente (26/07/14) el local comercial estaba arrendado Iván Aranda ... Tal y como lo decide con acierto la jueza de la causa ... surge sin lugar a dudas la ausencia de legitimación pasiva del Sr. Cosentino..."
"Las irregularidades edilicias, dan cuenta del estado deficiente de las instalaciones, en particular, las características de ingreso al local tal como ya han sido descriptas, las que no pudieron haber pasado inadvertidas. A tenor de las probanzas de la causa, en especial las supra referidas
- resulta indiscutible que la irregularidad comprobada
- desnivel doble, escalón de subida y luego de bajada, sin señalización que permitiera advertir el obstáculo
- guarda en el caso relación causal directa con el accidente que originara la pretensión y sus consecuencias."
Voto en disidencia (resumen y cita): El Dr. De Santis discrepó parcialmente y sostuvo que "La sentencia, en la parcela decisoria que rechaza la demanda, debe confirmarse. El recurso no procede." Argumentó insuficiencia probatoria para acreditar nexo causal y cuestionó la fuerza probatoria de las fotografías y de las imprecisiones testimoniales.
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