CANESSA ETHEL JUDITH C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Reclamo previsional contra la Caja del Banco Provincia por inconstitucionalidad de la movilidad de la Ley 15.008 y reclamo de reajuste de haberes. La Cámara confirmó la declaración de inaplicabilidad del art. 41 para el caso y ordenó aplicar el régimen previo, pero modificó la fórmula de intereses: retroactivos a valor actual con 6% anual hasta sentencia y luego la tasa pasiva más alta del Banco Provincia a 30 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Canessa Ethel Judith, ex integrante del sistema previsional del Banco Provincia.
Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Objeto: Restablecimiento o reconocimiento de derechos previsionales; impugnación de la constitucionalidad de varios artículos de la Ley 15.008 (especialmente arts. 39 y 41) y petición de recalculo del haber jubilatorio y de la movilidad aplicable, con reparación por diferencias.
Decisión: La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia: rechazó la inconstitucionalidad del art. 39 y otros artículos impugnados; declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 41 de la Ley 15.008 para el caso concreto, ordenó la aplicación del régimen de movilidad previo (art. 57 de la Ley 13.364) para el cálculo del reajuste, y modificó la metodología de cálculo de retroactividades: serán calculadas a valores actuales, adicionando intereses desde cada devengamiento al 6% anual hasta la sentencia y, de allí en adelante, conforme la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires a 30 días. Se impusieron costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
1) Sobre la movilidad del art. 41 y su vínculo con la proporcionalidad entre activo y pasivo:
"En este sentido, de conformidad con el criterio adoptado por Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ... se advierte que la preceptiva cuestionada consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad (arts. 39 inc. 1, Const. pcial.; 14 bis Const. nac.)."
"El art. 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional. El índice de movilidad establecido ... se compone de la sumatoria de dos indicadores; tales como el 70% integrado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el 30% por la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estatales (RIPTE). Es decir, la movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base."
2) Sobre la declaración de inaplicabilidad y restitución del régimen anterior:
"Con esos argumentos admitió parcialmente a la demanda y declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 41 de la Ley 15.008 para el caso concreto. En consecuencia, reconoció el derecho del actor al reajuste de sus haberes y ordena a la Caja ... calcular la movilidad conforme al régimen legal anterior, esto es, el artículo 57 de la Ley 13.364. Especificó que ante la inaplicabilidad de la norma inconstitucional, recobra vigencia la legislación previa..."
3) Sobre la metodología de intereses y reparación de retroactividades (voto mayoritario y decisión del Tribunal):
"Debe admitirse el agravio de la parte actora, revocar parcialmente el decisorio apelado y ordenar que las retroactividades sean calculadas a valores actuales, adicionando los intereses computados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual, y de allí en adelante, conforme la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones a treinta días (conf. doctrina ... 'Gelvez' ... 'Ubertalli')."
4) Sobre rechazo de impugnación al art. 39:
"En virtud de ello, y dado que el actor accedió a la pasividad bajo la vigencia de la norma actual, rechazó la tacha de inconstitucionalidad del artículo 39."
"La tacha del actor es insatisfactoria y genérica ... incumpliendo la exigencia legal de demostrar la infracción."
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