T., S.M. Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE MERLO S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA
Demanda por responsabilidad patrimonial municipal por muerte de menor atribuida a falta de servicio y mala praxis en Hospital Municipal Eva Perón. La Cámara modificó parcialmente la condena de primera instancia: confirmó la responsabilidad, readecuó los montos indemnizatorios y cambió el mecanismo de actualización post-sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sonia Mabel Tenis (por sí y en representación de sus hijos menores), junto a César René Segundo, Facundo Ariel Tenis y César Alfredo Segundo.
Demandado: Municipalidad de Merlo.
Objeto: Pretensión indemnizatoria por la muerte de Flavia Margarita Tenis (21/05/2019) por falta de servicio en la atención médica brindada en el Hospital Municipal Eva Perón; rubros reclamados: valor vida/pérdida de chance, daño moral y daño psicológico.
Decisión: Se confirmó la existencia de responsabilidad de la Municipalidad por falta de servicio (declarándose desierto el agravio sobre responsabilidad por insuficiencia técnica), se modificaron los montos indemnizatorios (readecuación a valores corrientes) y se revocó la actualización por IPC post-sentencia sustituyéndola por la tasa pasiva BIP. Se confirmó el rechazo del daño psicológico.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones y citas textuales relevantes):
"la falta de servicio por acción o por omisión implica que el Estado 'responde de modo principal y directo por los daños imputables a la actividad de sus órganos', requiriéndose para su procedencia una falta de servicio, un daño cierto y una relación de causalidad directa."
"el diagnóstico de apendicitis aguda es fundamentalmente clínico, siendo los exámenes complementarios muy útiles en los casos dudosos', y que 'la ecografía abdominal es altamente específica y sensible', la cual no fue realizada. Asimismo... resultaba conveniente 'proporcionar pautas de alarma al paciente y/o familiar', y que no halló constancias de ello, 'siendo lo único que podría objetarse en la atención conferida a la paciente'."
"la apresurada primera atención a la paciente, fue por un camino equivocado... la falta de estudios como una ecografía y la omisión de proporcionar pautas de alarma evidenciaron la 'liviandad del procedimiento médico' que agravó el cuadro... los galenos resultaban responsables por ese accionar negligente."
"La declaración de deserción impide a esta Alzada ingresar al mérito de la cuestión, por lo que la responsabilidad declarada en primera instancia queda firme..."
"Corresponde readecuar el importe fijado en la instancia de origen... fijándolo en la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000) ..."
"Para la madre, Sra. Sonia Mabel Tenis: la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000). Para el Sr. César René Segundo: la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000). Para cada uno de sus hermanos... la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) para cada uno de ellos."
"El régimen de intereses aplicable queda estructurado... una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del hecho (21 de mayo de 2019) y hasta la fecha de la presente sentencia de Alzada; y, desde dicha fecha y hasta su efectivo pago, devengarán intereses a la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires... quedando sin efecto la pauta del IPC para el tramo post-sentencia..."
"El agravio referido al 'daño psicológico' no puede prosperar... el perito psicólogo Lic. Almada fue categórico al concluir que 'no se halló un cuadro psicopatológico reactivo' y que la actora 'ha podido restablecer el equilibrio psicológico'."
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