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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GALVAN FANNY DEL VALLE S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio por Ingresos Brutos (períodos 2015-2017) contra Fanny del Valle Galván. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la excepción de inhabilidad de título y rechazó la ejecución por inexistencia manifiesta de inscripción y deuda, ordenando el levantamiento de la inhibición y condenando en costas al Fisco.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Sra. Fanny del Valle Galván. Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) para cobrar una suma de dinero por Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a períodos 2015 a 2017, con inhibición general de bienes. Decisión: Se rechazó la ejecución por inhabilidad del título al constatarse la inexistencia manifiesta de inscripción del presunto contribuyente y la falta de constancia de una determinación de oficio; se confirmó la sentencia de primera instancia, se ordenó el levantamiento de la inhibición y se impusieron las costas al Fisco vencido.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): 1) Sobre la ausencia de inscripción en ARBA: "En respuesta al requerimiento, la Agencia informó, mediante Memorando N° 32/2025 GCM de la Gerencia de Coordinación Metropolitana, que no había encontrado constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos iniciada por la Sra. Fanny del Valle Galván, DNI 16.142.773, CUIT: 27-16142773-5." 2) Sobre la consecuencia de esa ausencia y la indefensión: "En ese escenario, consideró que la inhabilidad del título se vislumbraba ante la imposibilidad de verificar la existencia de la deuda, dado que no podía determinarse de las actuaciones administrativas cuáles habían sido las presunciones del Código Fiscal utilizadas para calcular el tributo, ni los elementos de juicio ponderados, colocando a la ejecutada en estado de indefensión al impedírsele conocer los fundamentos del reclamo para ejercer su descargo." 3) Sobre la imposibilidad de suplir la falta de inscripción con presunciones de deuda: "El art. 58 del Código Fiscal presupone, como condición de aplicación ineludible, que el sujeto requerido ya tenga la condición de contribuyente... La inscripción de oficio no es un mecanismo que pueda invocarse como argumento a posteriori para suplir la ausencia de ese acto previo; requería de un acto administrativo expreso, motivado y notificado, cuya ausencia es lo que hace manifiestamente inhábil el título frente a quien niega su calidad de contribuyente..." 4) Sobre el principio de equilibrio entre el proceso sumarísimo y la verdad material: "Los jueces están obligados a perseguir la verdad objetiva, que debe siempre tener primacía sobre la aplicación mecánica del rito" (cita CSJN "Colalillo"). "…las limitaciones establecidas ... no pueden llevar al juzgador al extremo de admitir una condena fundada en una deuda inexistente, cuando la inexistencia de la deuda resulta en forma manifiesta de las constancias del expediente..." 5) Sobre medidas accesorias y costas: "Habiéndose confirmado la sentencia de grado en cuanto rechaza la ejecución fiscal por inhabilidad del título, las medidas cautelares trabadas en su consecuencia carecen de sustento jurídico para mantenerse vigentes. … corresponde que el Fisco, al haber promovido una ejecución con un título inhábil y resultar vencido, cargue con los gastos causídicos del proceso."
- Voto mayoritario: Los jueces Enrici y Saulquin coincidieron en confirmar la sentencia de grado.

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