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Incidente relativo a la remisión de constancias digitales y actuaciones en soporte papel. La Cámara requirió al Juzgado de origen la remisión del CD con las audiencias testimoniales y de las actuaciones físicas, y suspendió el término para dictar sentencia a fin de evitar nulidades.

Remision de autos Constancias digitales Cd de audiencias Actuaciones en papel Suspension de terminos Nulidad Camara de apelaciones Juzgado de origen Notificacion electronica Prueba testimonial.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: No surge del expediente remitido; no se identifica parte actora en la resolución. Demandado: No surge del expediente remitido; no se identifica parte demandada en la resolución. Objeto: Se solicita la remisión a esta Cámara del CD que contiene las audiencias testimoniales (Acta de fecha 02/10/2023, reservado bajo N° MG 8708-2014) y de las actuaciones físicas del juicio que no fueron remitidas en soporte digital. Decisión: La Cámara requirió al Juzgado de origen la remisión del CD con las audiencias y de las constancias físicas; suspendió el término para dictar pronunciamiento hasta su recepción; y ordenó la comunicación electrónica de la decisión a domicilios indicados.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Encontrándose la presente causa en estado de dictar sentencia y habiendo sido ella remitida a esta instancia solo en soporte digital -pese a contar con sendas actuaciones en papel
- se advierte que el CD en el que se encuentran registradas las audiencias testimoniales tomadas en autos del que da cuenta el Acta de fecha 02/10/2023 y que fuera reservado en esa Secretaria -bajo el N° MG 8708-2014-, no ha sido enviado a esta instancia." "Por ello, a fin de evitar eventuales nulidades, siendo indispensable contar con dicha constancia en suporte digital y asimismo, dada la necesidad de poder compulsar las constancias físicas del presente juicio, con suspensión del término para dictar pronunciamiento, requiérase al Juzgado de origen la remisión de ambas constancias. Comuníquese la presente en forma electrónica." Notificación automática a los domicilios electrónicos: JUZCIV2-MR@JUSBUENOSAIRES.GOV.AR; RMINETTI@MPBA.GOV.AR; 20117789870@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR; 27140771940@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR; 27271791971@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR.

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