GONZALEZ FACUNDO SEBASTIAN C/ ORTIZ ROSENDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra el conductor y propietario del vehículo y su aseguradora. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda por responsabilidad objetiva del riesgo de la cosa, rechazando la eximente invocada y ratificando la cuantía de los rubros indemnizatorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Facundo Sebastián González.
Demandado: Rosendo Ortiz y Ramón Alberto Ortiz; y en garantía La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales.
Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (daño físico, daño psicológico, tratamiento y daño moral).
Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, condenando a los demandados y a la aseguradora citada en garantía a pagar las sumas allí establecidas con sus intereses; se impusieron las costas a los vencidos; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El factor de atribución de la responsabilidad civil en materia de accidentes de tránsito es el riesgo creado, por lo que la cuestión se emplaza en la preceptiva del artículo 1769 del Código Civil y Comercial. En efecto, el caso de autos se rige por la responsabilidad objetiva por riesgo de la cosa. En este supuesto se prescinde del elemento subjetivo (culpa) para fundamentar la obligación de resarcir, fundándose dicha obligación en un factor de atribución objetivo, la creación de un riesgo que proviene de la misma cosa."
"compulsada minuciosamente la totalidad de la prueba producida en autos -testimonial, documental y pericial...
- no se advierte elemento de convicción alguno que permita sostener la versión de los hechos propiciada por la parte demandada. En efecto, ninguna de las probanzas reseñadas resulta idónea para acreditar, con el grado de certeza que la ley exige, la eximente de responsabilidad invocada..."
"la absolución de posiciones del demandado... reconoció haber efectuado una maniobra de marcha atrás con su camioneta mientras el actor se encontraba parado a su costado... Se trata de una confesión que exime de mayores disquisiciones... puesto que en cualquiera de ambos supuestos queda acreditada la intervención activa y causal del rodado conducido por el demandado en la producción de las lesiones sufridas por la parte accionante."
"tratándose el particular de un caso de responsabilidad objetiva por el daño causado por 'el riesgo' de la cosa, los accionados y la aseguradora no han demostrado, como les incumbía y les era exigible, la existencia de una causal exculpatoria para eximirlos total o parcialmente de responsabilidad..."
"En la pericia médica... la Dra. Débora Luisa Arocha determinó que el accionante... presenta... secuela de fractura de tibia y peroné izquierda... que le ocasiona una incapacidad parcial y permanente de un 25 %."
"Siendo sustancialmente justo el pronunciamiento, VOTO POR LA AFIRMATIVA." (voto del Dr. Carlos Ricardo Igoldi).
"Por consideraciones análogas, adhiere y TAMBIÉN VOTA POR LA AFIRMATIVA." (voto del Dr. Javier Alejandro Rodiño).
Decisión final: "confírmase la sentencia apelada en lo sustancial... Imponer las costas de Alzada a los demandados y la citada en garantía... Los honorarios profesionales se regularán en su oportunidad."
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