SALA WALTER GABRIEL C/ LA SEGUNDA COOP. LTDA. DE SEGUROS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito y declinación de cobertura de una aseguradora. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación: revirtió la imposición de costas a la víctima por la declinación de cobertura y modificó la tasa de interés aplicable al capital de condena, aplicando 6% anual hasta la estimación y a partir de allí la TIM del BCRA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Walter Gabriel Sala.
Demandado: La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales; Trans Vier S.A.; y otros.
Objeto: Daños y perjuicios derivados de accidente automovilístico; cuestión accesoria de declinación de cobertura por parte de la aseguradora.
Decisión: La Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora. Modificó la imposición de costas por la declinación de cobertura, imponiéndolas a la declarante en ambas instancias por el orden causado; y ordenó que al capital de condena se le aplique interés puro del 6% anual desde el 1/08/2023 hasta la fecha de estimación de cada perjuicio y, a partir de allí, la tasa de interés moratoria publicada por el B.C.R.A. Reguló diferir la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre la imposición de costas por la declinación de cobertura:
"de la prueba rendida en autos no surge que la accionante, en su condición de víctima de un accidente de tránsito, hubiera tomado conocimiento de la baja de la cobertura por falta de pago por parte del demandado, teniendo por lo tanto fundadas razones para citar en garantía a la recurrente (conf. art. 68 del C.P.C.C.)."
"Así se ha sostenido que: '...la razón fundada para litigar debe apoyarse en circunstancias fácticas o jurídicas que demuestren suficientemente la razonabilidad en el derecho sostenido en el pleito. Si las partes pudieron creerse razonablemente con derecho a litigar, ha dicho la jurisprudencia, corresponde eximirlas de las costas...' (Loutayf Ranea, 'Condena en costas en el proceso civil', pág. 80)."
"Por lo antes expuesto, es que habré de proponer a éste Tribunal receptar el recurso de apelación en tratamiento, e imponer las costas correspondientes a la declinación de cobertura en ambas instancias por el orden causado (conf. art. 68 del C.P.C.C.)."
2) Sobre la tasa de interés aplicable y la referencia a la doctrina "Barrios":
"el accionante recurrente ataca la tasa de interés pasiva fijada la que estima insuficiente... solicitando que se suplante la tasa de interés fijada por la de interés moratorio que establece el B.C.R.A. (TIM)."
"el Superior Provincial modificara la doctrina legal ... en la causa C. 124.096, 'Barrios ...' ... 'Una vez determinado de la manera antes señalada el justiprecio actual del daño o de la prestación, al expresarlos en la condena dineraria podrá, a partir de allí, ser de aplicación el mecanismo de actualización que surge de la presente sentencia, cuidando de evitar que el reconocimiento patrimonial final del capital exceda el valor real de la prestación debida.....' (S.C.B.A. causa C. 124.096, ... del 17/04/2024)."
"Asimismo ... a partir de la sanción de la Resolución 1/2026 del B.C.R.A., finalmente ha entrado en vigencia la tasa de interés moratoria aplicable ... a las obligaciones dinerarias y por tanto a las deudas de valor desde el momento de su estimación (conf. arts. 768, 772 y ccdtes. del C.C.C.)."
"De lo antes expuesto se desprende que la TIM ha establecido un mecanismo que pretende evitar la disociación ... entre las tasas de interés (pasiva y activa) y la inflación..."
"estimo procedente receptar el recurso de apelación en tratamiento y consecuentemente, ordenar que al capital de condena se le aplique la tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente ocurrido el 1/08/2023 hasta la fecha de estimación de cada perjuicio, y a partir de allí la tasa de interés moratoria publicada por el B.C.R.A. (conf. arts. 768 inc. c 772 y ccdtes. del C.C.C.)."
- Votos: ambos jueces (Volta y Castro Durán) votaron en igual sentido; decisión por mayoría unánime.
- Montos y fechas relevantes:
- Fecha del hecho: 1/08/2023.
- Sentencia de grado (primer juez): 17/07/2025 (condena original: daño emergente $3.832.000; privación de uso $50.000; interés 6% anual desde el hecho hasta la fecha de pronunciamiento y luego tasa pasiva más alta del Banco Provincia; estos montos constan en el pronunciamiento de grado).
- Resolución de Cámara: 8/6/2026 (presentación fundando apelación) y acuerdo con voto fechado conforme sus firmas; la Cámara resolvió el recurso el día de la suscripción (se menciona acuerdo y registro automático).
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