RODRIGUEZ IVAN ESTEBAN C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 30/11/2018. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda por entender que las pericias médicas prueban ausencia de incapacidad atribuible al evento, y declaró abstractos los planteos de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ivan Esteban Rodriguez, por intermedio de apoderada Dra. Alejandra P. Pérez (posteriormente Dr. Néstor J. Ramos).
Demandado: PREVENCION ART S.A.
Objeto: Indemnizaciones previstas en la Ley 24.557 por incapacidad permanente, parcial y definitiva derivada de accidente de trabajo con primera manifestación invalidante el 30/11/2018.
Decisión: Rechazo íntegro de la demanda; costas a cargo del actor; regulación de honorarios y periciales conforme ley 14.967 y normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Procedo a valorar la prueba rendida en autos (art. 375 CPCC), de conformidad con Las reglas de la SANA CRITICA ... y considerando la regla del art. 384 CPCC ... con base en lo expuesto y haciendo un análisis de las pruebas aportadas, la documentación acompañada, el oficio contestados por la SRT, las pericias médica y psiquiatrica, tengo probado (art. 57 Ley 15.057):"
"5.
- Que conforme la pericia emitida en fecha 04/06/2026 por el médico especialista en ortopedia y traumatología, el experto determinó: '...No existen probabilidades de lesiones futuras ya que en los estudios realizados durante el siniestro no había lesiones... No considero incapacidad. Considero que si se encuentra apto. Si podría realizar un examen pre ocupacional exitoso...'."
"6.
- Que la pericia psicológica presentada por la Lic. Belpusi en fecha 03/11/2023, determina que el actor: '...Neurosis de angustia moderada con una incapacidad del 40 al 60%, En el caso de actor el porcentaje seria del 60%...' ... Bajando el porcentaje de incapacidad del 60% al 20%."
"La pericia psicológica concluye que posee un porcentaje de incapacidad por de 20%, que en mi opinión, no puedo adjudicar al evento del día 30/11/2018. ... La pericia médica constituye el elemento de prueba más idóneo para establecer el origen y la etiología de la dolencia, por lo que el apartamiento de sus conclusiones debe responder a motivos razonables y científicamente fundados."
"Por ello, mi voto propone el rechazo de la demanda con fundamento en los hechos que tuve por probados y aplicando el derecho en relación a los mismos, deviniendo abstractos los tratamientos de las inconstitucionalidades interpuestas ante la improcedencia de la demanda, así como, la excepción de prescripción planteada por la demandada (art. 726 CCCN)."
Votos de adhesión: "LOS SRES. JUECES DRES. RICARDO MARTIN SCAGLIOTTI y FERNANDO NOVOA ADHIEREN POR SUS FUNDAMENTOS Y VOTAN EN IGUAL SENTIDO."
- Montos y medidas relevantes:
- Fecha del siniestro: 30/11/2018; alta médica: 18/01/2019.
- Dictamen Comisión Médica N°12: 24/04/2019 (sin incapacidad).
- Pericia médica: 04/06/2026 (no incapacidad).
- Pericia psicológica: 03/11/2023 (inicial 60% según experta, luego reducida por la propia perito a 20%).
- Base regulatoria para honorarios tomada en $ 3.835.227,89 (monto del rechazo con aplicación del art. 23 ley 14.967 con un 50% de intereses); regulación konkretas: por ejemplo Dr. Rodrigo Etchegaray 20% = $ 767.045,68; otros honorarios detallados en sentencia.
- Otros puntos procesales relevantes:
- Se deja abstracto el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas por la actora por improcedente la demanda.
- Se impusieron costas al actor, sin perjuicio del beneficio de gratuidad que goza.
- Regulación exhaustiva de honorarios de letrados y peritos y pautas para depósito (inscripción en ARCA, CBU, facturación, suspensión de plazos hasta acreditación).
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