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GIMENEZ JUAN MARCELO C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DEL TRABAJO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor demandó por enfermedad profesional (varices del sistema venoso superficial bilateral) y solicitó indemnización por incapacidad permanente parcial y otros rubros. El Tribunal hizo lugar a la demanda condenando a la ART al pago de $886.472,84 por IPP más actualización por RIPTE de $10.642.988,60, total $11.529.461,44, y declaró inconstitucionales determinados decretos y normas con los fundamentos expuestos.

Enfermedad profesional Incapacidad permanente parcial (11 10% t.o.) Ley 24.557 / decreto 1694/09 / ley 26.773 / ley 27.348 Actualizacion ripte Inconstitucionalidad art. 7 ley 23.928 Inconstitucionalidad dnu 669/19 (arts.1 y 3) Dano psicologico (rechazado) Prestaciones en especie (rechazadas) Sentencia tribunal del trabajo n?3 lomas de zamora Monto total condena $11.529.461 44 observaciones: se consignan las citas textuales mas relevantes del voto mayoritario y montos y fechas claves (toma de conocimiento 01/06/2022 Ipp $886.472 84 Actualizacion ripte $10.642.988 60 Total $11.529.461 44).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Juan Marcelo Gimenez, representado por el Dr. Matías Osvaldo Posca. Demandado: ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo, representada por el Dr. Tomás Espósito. Objeto: Reconocimiento de enfermedad profesional (venas varicosas
- flebopatía periférica) con indemnización por incapacidad permanente parcial, daño psicológico, limitación de movilidad de tobillos, prestaciones en especie y demás accesorios. Decisión: Se hizo lugar a la demanda en cuanto a la indemnización por incapacidad permanente parcial con reconocimiento de 11,10% T.O. y pago de la suma de $886.472,84 más la indemnización adicional de pago único ($147.745,47 incluida en el cómputo). Se declaró la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la ley 23.928 y del DNU 669/19 (arts. 1 y 3 del DNU), por lo que se aplicó la actualización por índice RIPTE, condenando además al pago de $10.642.988,60 por actualización de capital; total de condena $11.529.461,44. Se desestimaron las reclamaciones por daño psicológico, limitación de rangos de movilidad de tobillos y prestaciones en especie. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre hecho y calificación del siniestro: "Del expediente SRT 429045/22 se desprende que el Sr. Juan Marcelo Gimenez contrajo una enfermedad profesional (Venas varicosas de los miembros inferiores
- Flebopatia periférica) con fecha de primera manifestación invalidante el 01/06/2022 mientras prestaba tareas para su empleador UNION SEGURIDAD 24 S.A., el cual se encontraba afiliado a ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO ... presentando un 8,55% de Incapacidad Laboral Permanente Parcial Definitiva a consecuencia de la misma." 2) Sobre valoración pericial y cálculo de incapacidad: "De la pericia médica -25/06/2024
- (científicamente fundada), surge que el Sr. Juan Marcelo Gimenez presenta Varices del sistema venoso superficial bilateral Estadio II, otorgándole una incapacidad parcial y permanente del 10%, relacionado con las tareas realizadas. ... Conforme el procedimiento establecido por la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales (Decreto 659/96), se deben sumar dichos porcentajes ... aplicando la operación matemática (11% del 10% = 1,10%) ... se determina una incapacidad parcial y permanente del 11,10% (10%+1,10%)." 3) Sobre aplicación de la ley y doctrina: "En consecuencia, resulta de aplicación a la presente causa la Ley 24.557 con las modificaciones previstas por el Decreto 1694/09 ... Ley 26.773 ... y Ley 27.348 ... por resultar las normas vigentes a la fecha de toma de conocimiento de la primera manifestación invalidante." 4) Sobre actualización y declaración de inconstitucionalidad: "Se advierte en forma palmaria una diferencia más que considerable en perjuicio del trabajador al confrontar dicha suma con la generada por la tasa de Doctrina Legal. Dicha diferencia, estimo que constituye un perjuicio económico que configura una violación a las garantías constitucionales y consecuentemente, corresponde declarar la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la ley 23.928 ..." 5) Sobre rechazo de otros rubros: "De la pericia psicológica -21/08/2024-, científicamente fundada y consentida por las partes, ... surge que el Sr. Juan Marcelo Gimenez no presenta incapacidad en relación causal con la enfermedad profesional por la que reclama. ... Deberá desestimarse el reclamo por indemnización por daño psicológico atento no haberse acreditado en autos la existencia del mismo, por carecer de causa legal que lo sustente (art. 726 C.C.y C.)." 6) Sentencia
- montos y condena final: "Hacer lugar a la demanda, condenando a ASOCIART S.A. ... a abonar al actor Juan Marcelo Gimenez ... la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($886.472,84), en concepto de prestación por incapacidad permanente parcial (IPP) ... Declarar la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la ley 23.928 ... condenar ... a abonar al actor ... la suma de $10.642.988,60 en concepto de actualización de capital por aplicación de índice RIPTE ... que el total de condena ... asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($11.529.461,44)." 7) Sobre inconstitucionalidad del DNU 669/19: "Por lo expuesto precedentemente considero corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 3 del Decreto 669/19 ..." (Los tres votos coinciden; no se registran disidencias.)

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