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CAMARGO LUCAS MATIAS C/ PROVINCIA ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo por lumbalgia atribuida a levantar cajas el 05/08/2023. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse la causalidad entre la contingencia denunciada y la incapacidad, ratificando la disposición de la Comisión Médica que declaró la contingencia no laboral.

Accidente de trabajo Riesgos del trabajo (ley 24.557) Causalidad / nexo causal Comision medica srt Rechazo de cobertura Lumbalgia Prueba pericial medica Incompetencia parcial (falta aptitud jurisdiccional sobre dano psicologico) Costas y honorarios Expediente srt 458198/23 observacion: el tribunal obvio el tratamiento de planteos de inconstitucionalidad y otros restantes por resultar abstractos al rechazarse la demanda.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Lucas Matias Camargo. Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Reconocimiento de accidente de trabajo ocurrido el 05/08/2023 y consecuente responsabilidad de la ART por lesiones (lumbalgia postraumática y reacción vivencial anormal neurótica), con liquidación de incapacidad (actor pondera 24%). Decisión: Se rechazó en todos sus términos la demanda por no haberse acreditado la vinculación causal entre la incapacidad y la contingencia denunciada; se confirmó la resolución de la Comisión Médica que declaró la contingencia no laboral; se impusieron las costas a la actora con beneficio del art. 27 Ley 15.057; se regularon honorarios y montos a peritos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual el fallo): "Del relato de los hechos: 'al levantar una de las cajas, de manera súbita y violenta siente un fuerte dolor en la región lumbar' -más allá de la calificación realizada por el accionante
- no surge la ocurrencia de un hecho violento que encuadre en las previsiones del art. 6 inc 1º, sino la manifestación de dolor." "De la prueba pericial médica -05/05/2025
- (científicamente fundada), de la cual no hallo mérito para apartarme (art. 474 C.P.C.C.), surge que el Sr. Lucas Matias Camargo presenta Lumbalgia con alteración en la movilidad otorgándole una incapacidad del 4%." "Habiendo la demandada expresamente negado la mecánica del siniestro relatada por el accionante así como la característica de las tareas que realizaba, correspondía a la actora el deber de acreditar los presupuestos fácticos en que funda su pretensión, debiendo aportar a la causa los elementos de convicción que justifiquen la legitimidad de su reclamo. (art. 375 C.P.C.C.) Sin embargo, la actora ninguna prueba produjo al respecto." "En consecuencia, no habiéndose acreditado que la incapacidad física que porta pueda atribuirse a la contingencia por la cual acciona (accidente acaecido el día 05/08/2023), corresponde ratificar lo resuelto por la Comisión Médica en la Disposición Particular dictada el 24/11/2023 en el marco del expediente administrativo SRT 458198/23 iniciado por RECHAZO DE LA CONTINGENCIA LEY 27348 y rechazar en todas sus partes la demanda incoada por carecer de causa legal que la sustente (art. 726 Código Civil y Comercial de la Nación)."
- Votos: La Dra. Lelia Bibiana Rinaldi fundamentó la decisión; los Dres. Magalí Belén Duyinski y Sergio Gustavo Saccardo votaron en igual sentido por compartir los fundamentos.
- Montos y medidas relevantes: Peritos (contador Ariel Federico Borda y médica Ana Silvia Cendra): $159.696 cada uno. Honorarios de los letrados: suma equivalente a 7 jus para cada uno (Dr. Juan Manuel De Gregorio y Dra. Mariela Alejandra Okonski). Fecha del hecho: 05/08/2023. Comisión Médica dictamen particular: 24/11/2023. Pericia médica judicial: 05/05/2025, incapacidad otorgada 4%.

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