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SAFFORES PAULA MABEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo in itinere reclamando indemnizaciones por incapacidad y otros rubros. El Tribunal declaró la falta de legitimación pasiva de PROVINCIA ART S.A., rechazando la demanda contra ella, y condenó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a pagar $10.624.624 por incapacidad parcial y permanente del 6%.

Accidente in itinere Incapacidad permanente parcial 6% Legitimacion pasiva Autoaseguro provincial Ley 24.557 Art. 3 ley 26.773 (exclusion) Indemnizacion $10.624.624 Actualizacion art. 55 ley 27.802 Costas Pericia medica y contable.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Paula Mabel Saffores, representada por Dr. Claudio Gustavo Gentile. Demandado: Provincia ART S.A. y tercero citado Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultura y Educación), intervención de la Fiscalía de Estado. Objeto: Indemnizaciones y prestaciones derivadas de un accidente de trabajo in itinere ocurrido el 27/10/2016, inclusión del incremento del art. 3 Ley 26.773 y demás rubros (dolencia en tobillo izquierdo, daño psicológico, incapacidad). Decisión: Se rechazó la demanda contra PROVINCIA ART S.A. por falta de legitimación pasiva; se rechazaron los rubros dolencia en pie izquierdo y daño psicológico y la prestación adicional del art. 3 Ley 26.773; se hizo lugar a la demanda contra el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y se lo condenó a pagar $10.624.624 por incapacidad parcial, permanente y definitiva del 6% de la T.O., con interés moratorio en caso de mora. Se impusieron costas y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "La dolencia sufrida por la accionante como consecuencia de dicho accidente padecido, se encuadra en el concepto típico de accidente previsto en el art. 6 inc. 1 de la ley 24.557... En base a lo expuesto, se forma mi convicción en conjunción con las reglas de la sana crítica (art. 57 inc. 5) Ley 15.057), en cuanto a encontrar acreditado que la actora padece, como consecuencia del accidente de trabajo in itinere sufrido, una incapacidad física, parcial y permanente del orden del 6%, ello en base al Baremo de la LRT..." (informe pericial médico). "la plataforma fáctica y documental adunada a la causa demuestra de forma incontrovertible que, al momento de ocurrir el accidente in itinere objeto de autos (27/10/2016), la empleadora de la accionante -Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires
- revestía la calidad de deudor directo del sistema bajo la modalidad de autoaseguro... se constata una absoluta ajenidad jurídica de PROVINCIA ART S.A. respecto de la relación laboral invocada y del siniestro acaecido." "En consecuencia, al verificarse la falta de legitimación pasiva manifiesta de PROVINCIA ART S.A., propongo al Acuerdo hacer lugar a la defensa planteada y por ende, rechazar la demanda entablada en su contra en todas sus partes (art. 726 del CCCN). De este modo, las consecuencias del accidente padecido por la actora, deben ser reparadas por la tercera citada GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en su calidad de autoasegurada..." "53 x $18.945,12 x 1,58 (65/41) x 6% = $95.187,86... siendo que la indemnización que correspondería abonar a la parte actora resulta ser inferior al mínimo legal descripto, corresponde aplicar este último. En consecuencia, propongo hacer lugar a la demanda por la suma de PESOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO ($10.624.624) en concepto de indemnización por la incapacidad determinada derivada del accidente in itinere objeto de autos."
- Votos: voto principal de la Dra. Daniela S. Metta (fundamentos precedentes); adhesión de las Dras. Verónica Inés Boxler (con reserva sobre criterio de actualización) y Jorgelina Hidalgo (adhesión plena).

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