AGUIRRE FELIPE RAÚL C/ CASINGHINO ESTER NOEMI y otro/a S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron un acto de conciliación que pone fin al juicio. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado el 27/2/2026 y reguló costas y honorarios con base en el monto conciliado de $20.000.000.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Aguirre Felipe Raúl.
Demandado: Casinghino Ester Noemi y Casinghino Fermin Omar.
Objeto: Proceso laboral caratulado "Aguirre Felipe Raúl C/ Casinghino Ester Noemi Y Otro/A S/ Despido" (reclamo por despido).
Decisión: Homologación del acuerdo celebrado por las partes en el Acta de Audiencia de fecha 27/2/2026; imposición de costas a la demandada; regulación de honorarios de los letrados conforme al monto conciliado de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000); instrucciones sobre cumplimiento de obligaciones previsionales/tributarias y notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).-
Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el Acta De Audiencia de fecha 27/2/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
"Respecto al desistimiento de la acción y del derecho y costas pactadas de los autos: 'Casinghino Fermin Omar y otro c/ Aguirre Felipe Raúl s/ Desalojo' Expte. 75864 de tramite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N°4 Dolores, se hace saber que deberá efetivizarse en dicho juzgado por no se competente este Tribunal."
"Las costas serán soportadas por la demandada Casinghino Ester Noemi Casinghino Fermin Omar (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. Martin Augusto Javier, ... en la cantidad de Ochenta Y Seis Jus y Sesenta centésimos (86,34 JUS), Iriarte Fernando Matias, ... en la cantidad de Cuarenta Y Tres Jus y Diecisisete centésimos (43,17 JUS). ... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida..."
- No se registran votos en disidencia; los tres magistrados votaron en el mismo sentido compartiendo los fundamentos.
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