Logo

MAZZONE ALVAREZ GIUSEPPE AMERICO C/ SAHIJAN FANG S/ DESPIDO

El actor promovió demanda laboral por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio que pone fin al juicio. El Tribunal homologó la transacción celebrada el 2/3/2026, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios y perito conforme al monto conciliado.

Conciliacion Homologacion Despido Costas Honorarios Jus Perito contador $3.000.000 Primera instancia Notificacion electronica

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mazzone Alvarez Giuseppe Americo. Demandado: SHIJIAN FANG. Objeto: Proceso laboral por despido; las partes celebraron una transacción conciliatoria que da por terminado el juicio. Decisión: Homologó el acuerdo celebrado el 2/3/2026 en las formas y condiciones pactadas; impuso las costas a la demandada; reguló honorarios de letrados y del perito contador; ordenó notificaciones y trámites administrativos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).- Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito electrónico de fecha 2/3/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." "Las costas serán soportadas por la demandada SHIJIAN FANG (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. Alvarez Sebastian, letrado apoderado de la actora, en la cantidad de catorce Jus y diecisiete centésimos (14,17 JUS); Beltrocco Juan Eduardo, letrado patrocinante de la demandada, en la cantidad de catorce Jus y diecisiete centésimos (14,17 JUS), ambas, con más el porcentaje legal e I.V.A si correspondiere. (arts. 13, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 43, 51 y conc. ley 14.967, 12 inc. a) ley 10268/85). A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida, de conformidad con lo preceptuado en las normas referidas supra, computando a los efectos del presente el valor de jus al día de la fecha (Ac. 4219/26 SCBA).- Y los del Perito Contador Gonzalez Manuel Ricardo en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000). Con más el 10% e IVA si correspondiere (art. 193, art. 168 y 175 ley 10620, arts. 27 inc. b y 33 ley 13948) deb. retenerse el 7% (art. 33 ley 13948)."
- Montos y medidas relevantes incluidos en la resolución:
- Monto conciliado: PESOS TRES MILLONES ($3.000.000).
- Honorarios regulados a cada letrado: catorce Jus y diecisiete centésimos (14,17 JUS).
- Perito contador: PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000) más 10% e IVA; retención del 7%.
- Imposición de costas a la demandada SHIJIAN FANG.
- Notificación electrónica a domicilios de letrados y Receptoría conforme normas citadas; obligación de acreditar requisitos previsionales previos al cobro según leyes indicadas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar