FRIAS ALBERTO ENRIQUE C/ VIERA ANGEL ROQUE S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Viera Ángel Roque y las partes celebraron una transacción judicial. El Tribunal homologó el acuerdo presentado el 18/2/2026, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios sobre la base de $3.500.000 conciliados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FRIAS ALBERTO ENRIQUE.
Demandado: VIERA ANGEL ROQUE.
Objeto: Despido (acción laboral por despido).
Decisión: Homologación del acuerdo transaccional celebrado por las partes mediante escrito electrónico de fecha 18/2/2026; imposición de costas a la demandada; regulación de honorarios de los letrados intervinientes tomando como base el monto conciliado de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).-
Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito electrónico de fecha 18/2/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
Resolución (extracto):
"VISTO el Acuerdo precedente el Tribunal RESUELVE:
1. Homologar el acuerdo celebrado mediante escrito electrónico de fecha 18/2/2026, en la forma y condiciones que lo han estipulado, cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas.
2. Imponer las costas a la demandada ANGEL ROQUE VIERA.-
3. Regular los honorarios de los Doctores MELIA JUAN DAVID, letrado patrocinante del actor en la cantidad de siete Jus y cincuenta y cinco centésimos (7,55 JUS); CASULLO JUAN PABLO, letrado patrocinante de la demandada en la cantidad de siete Jus y cincuenta y cinco centésimos (7,55 JUS).... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida,... (Ac. 4219/26 SCBA).-"
Además se ordenó notificar, registrar la finalización del juicio por acuerdo conciliatorio y que, previo al cobro de honorarios, los letrados acrediten el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 12 bis de la ley 10.268 y art. 3 de la ley 8480 si correspondiera.
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