ALARCON GUSTAVO ANDRES C/ EXPERTA ART S.A S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
El actor demandó a la aseguradora EXPERTA ART S.A. por rechazo de la contingencia AT/EP derivada de una caída ocurrida el 15/12/2023 y reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica. El Tribunal rechazó la demanda por ausencia de prueba del nexo causal entre la afección y la labor, confirmando el rechazo que oportunamente realizó la ART y el archivo del expediente administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
- Gustavo Andrés Alarcón, representado por el Dr. Ignacio Javier Brashich.
- A quién se demanda (Demandado)
- EXPERTA ART S.A., representada por el Dr. Federico Carlos Tallone.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
- Impugnación del “rechazo de la contingencia AT/EP” (accidente de trabajo denunciado por caída el 15/12/2023), reclamando indemnización por incapacidad parcial y permanente (IBM declarado $282.213; la parte demandada impugnó liquidación por $8.507.704).
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
- Se rechazó la demanda en todos sus términos por no acreditarse el carácter laboral de la contingencia y, en consecuencia, la relación de causalidad entre las tareas del actor y las afecciones productoras de incapacidad. Se impusieron las costas al actor y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extractados del fallo):
- Sobre el informe pericial (transcripción):
"Los hallazgos clinicos y de 3 imagenes actuales coinciden con la existencia de una lesion labral en la cadera izquierda . En la actual se describe lesion osteocondral en acetabulo y en cabeza femoral y ademas hay signos de pequeño desgarro en cuadriceps. Entiendo que se trata de una dolencia que puede haberse originado en traumatismo local .El estado actual del actor lo afecta en lo laboral y tambien en la vida deportiva y cotidiana.... la incapacidad solo fue estimada en el caso de autos por la secuela de la cadera y no por el desgarro del cuadriceps ... Total: IPP 8 %."
"En relación al síndrome depresivo reactivo (RVAN grado II): 10% de la TO... En lo relativo a la dolencia psíquica, las manifestaciones al respecto del actor son congruentes con el lenguaje corporal y gestual observados en la entrevista y la repercusión neurovegetativa comprobada con el relato de los hechos."
- Sobre la valoración judicial y el nexo causal (transcripción):
"De modo que no considero acreditado que el actor presente secuelas psicológicas con causa en el accidente de trabajo ventilado en autos, en los porcentajes que indicó la experta médica."
"Para determinar el carácter indemnizable de una secuela no basta con que ésta haya sido comprobada por el perito médico, sino que es necesario que en el caso se presenten elementos de juicio suficientes que demuestren el nexo causal de la patología con el evento dañoso y en el caso, no se advierten esas circunstancias corroborantes."
"Surge en autos que la accionada, oportunamente, rechazó en término la denuncia del carácter laboral de la contingencia, conclusión que luego fue ratificada en el expediente administrativo ante la SRT."
"En definitiva y en relación al daño físico y psíquico reclamado por el accionante ALARCON, propongo su no reparación en la coyuntura sistémica ( Ley 24557 y sus modificatorias), toda vez que no ha acreditado el nexo causal de las tareas o de su trabajo con los padecimientos reclamados..."
- Decisión dispositiva (transcripción):
"1°) Rechazar la demanda promovida por GUSTAVO ANDRES ALARCON contra EXPERTA ART S.A. en todos sus términos... 2°) Imponer las costas a la parte accionante por haber sido vencida..."
- Montos y fechas relevantes:
- Accidente: 15/12/2023. Denuncia ante ART registrada 21/03/2024 (siniestro N° 2177948). Rechazo notificado 16/04/2024 (recibida 17/04/2024). Archivo administrativo 16/07/2024.
- IBM declarado por actor: $282.213.-
- Liquidadción impugnada por la ART: $8.507.704 (demandada pidió rechazo de esa suma).
- Regulación honorarios (ejemplos): 16,36 JUS = $813.910 por el Dr. Brashich; 24,80 JUS = $1.233.800 por el abogado de la ART; honorarios perito $340.000 (más aportes).
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